Tribuna
Más que sentimientos
Que no se condenen injurias o calumnias no lleva a despenalizar esos delitos y es que el honor, propio o de aquellos a quienes se estima, son bienes dignos de protección, pues más aún cuando se ofende a toda una confesión y sus miles o millones de integrantes
En pocas semanas dará sus primeros pasos la proposición de ley para derogar el delito contra los sentimientos religiosos, una iniciativa despenalizadora que por mucho que estuviese anunciada no por ello deja de ser lamentable. Sus autores pretextan que como la regla general es que los tribunales no condenan por este delito, es mejor derogarlo y ahorrar a los acusados gastos y sentarse en el banquillo, todo por culpa de unos fundamentalistas de querella fácil a los que, de paso, se les mete en cintura restringiendo la acción popular.
Soplan malos vientos para los sentimientos religiosos y quizás se pregunten por qué no se castigan burlas realmente hirientes. Sin meterme en honduras jurídicas les diré que los tribunales dan prioridad a la libertad de expresión, máxime cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Comisión Europea, el Consejo de Europa, incluso la ONU, y sostienen que castigar estos hechos puede acabar degenerando en censura.
Lo único que se mantendrá como delito es que, con violencia o intimidación, se impida la práctica de las creencias o se incite al odio contra los creyentes. Esto será una concesión elemental a la libertad religiosa, pero hay actos de escarnio que aparentando chanzas o ironías destilan verdadero odio hacia las creencias religiosas; eso sí, sus autores dirán que no querían insultar. Y a esto añádase que no suelen tener gracia y lejos de ingenio muestran una zafiedad fruto de su intelecto romo.
Doy por hecho que ustedes pensarán que aquí sólo se hace mofa de los cristianos y que esos graciosos no osan ironizar con el Islam. Es una idea tópica, pero es así y sólo recodaré que acaba de celebrarse el décimo aniversario del ataque al semanario Charlie Hebdo: doce asesinatos y todo por publicar una caricatura de Mahoma. Los cristianos, afortunadamente, no somos así. Tampoco quiero divagar en otras comparaciones, como cuando se apela al discurso del odio para expulsar del debate a todo discrepante en cuestiones delicadas relacionadas con tendencias sexuales, la inmigración, incluso el volumen corporal.
Pero me centro en otra cosa: siempre me ha parecido erróneo que se hable de delitos contra los «sentimientos» religiosos. Sostenía hace poco un partidario de la despenalización que este delito «procede de las antiguas concepciones de blasfemia y herejía. Debería derogarse: las leyes penales han de proteger el derecho a practicar una religión y no los estados de ánimo de los creyentes. Deben proteger derechos y no sentimientos».
Ese, quizás, haya sido el error, hablar de sentimientos y confundir la fe y sus manifestaciones con un estado de ánimo u otros sentimientos como la alegría, la pena, la añoranza, la frustración, etc. bienes que, a efectos jurídicos, son de endeble entidad. La fe no es algo sólo sentimental y tiene una base racional, intelectual. Si la fe fuese cuestión de sentimiento sería algo evanescente, movedizo, pero, lejos de eso, compromete la vida. Tampoco es cuestión de pura razón, sin sentimiento: la pobreza de sentimientos nos deshumaniza, es más, tener sentimientos y manifestarlos es señal de madurez y un creyente sin sentimientos confundiría su fe con un catálogo descarnado de dogmas, usos y costumbres.
Estas iniciativas evidencian que sus promotores ignoran qué es la religión, la fe, como bien digno de protección. Pero sin olvidar al juez. La derogación propuesta pretexta la práctica judicial y un juez debe conocer la realidad social, lo que comprende el hecho religioso. Sin embargo, la experiencia demuestra que muchos -los jueces no somos una excepción- habrán adquirido altos conocimientos en sus disciplinas, pero su formación religiosa quedó en la primera comunión, o sea, en tercero de primaria o se ahogó en prejuicios. No exijo ser creyente, sí comprender qué es le fe religiosa, qué significa y eso, como mínimo, es cultura.
Ahora sólo se protegerá la práctica de la religión, pero vivir la fe no es parangonable al taichí, el yoga u otra actividad somato espiritual que se agote en su práctica: es «algo» más, da sentido a la vida de millones de personas para quienes Dios no es un sedante, una idea, un concepto, código o costumbre, sino «alguien» a quien se conoce y se trata, y de ahí nacen sentimientos de amor y devoción que se manifiestan de mil maneras. Si esto se entiende se acentúa el deber de protección y la necesidad de comprender, aunque no se comparta.
Ciertamente los actos de escarnio no impiden creer ni vivir la fe, es más, acentúan la adhesión a las creencias, pero esa «ayuda» sobra: se trata de no ofender. Que no se condenen injurias o calumnias no lleva a despenalizar esos delitos y es que el honor, propio o de aquellos a quienes se estima, son bienes dignos de protección, pues más aún cuando se ofende a toda una confesión y sus miles o millones de integrantes.
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