Solicitud de subsidio

El subsidio del SEPE: 570 euros al mes con tres meses cotizados si cumples estos requisitos

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece esta ayuda para aquellas personas que no tengan cargas familiares y tengan al menos tres meses cotizados

SERVICIO SEPE
SERVICIO SEPE Europa Press

Las ayudas que ofrece el Estado a los más necesitados, tanto por su situación económica como personal, suponen un gran músculo de dinero público. El problema a veces reside en que la información sobre los requisitos necesarios para solicitar este tipo de prestaciones no llegan a aquellos que los cumplen. En este sentido, el SEPE anunció durante los últimos meses la modificación de uno de los subsidios más importantes de su repertorio y que ofrece una suma de 570 euros mensuales. El principal cambio, y el más significativo, encuentra su razón de ser en la cantidad de meses cotizados que se requerían para su solicitud.

El pasado 1 de noviembre de 2024 entró en vigor esta subvención en el marco legislativo bajo el nombre de "subsidio de cotizaciones insuficientes". En un principio el SEPE exigía al menos una acreditación que constatara la cotización de mínimo seis meses. Sin embargo, este requerimiento contaba con la excepción de los ciudadanos con cargas familiares, a los que solo se le pedían tres meses cotizados. Finalmente, la variación que se ha llevado a cabo asegura el derecho de dicha excepción a todos los que quieran solicitar la ayuda. Es decir, ahora los parados con solo tres meses cotizados, o, lo que es lo mismo, 90 días, y sin cargas entran en el espectro de la aprobación.

En el caso de que en los seis meses anteriores a la solicitud se hayan presentado varias situaciones legales de desempleo el SEPE asegura lo siguiente: "a efectos de determinar el período de ocupación cotizada para el reconocimiento de este subsidio, se tendrán en cuenta todas las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de una prestación contributiva anterior u otro subsidio". Asimismo, se recoge la compatibilización del cobro de este subsidio con uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre y cuando que la suma de las horas laborales totales no supere ni iguale a una jornada completa.

Requisitos para el subsidio del SEPE

En el momento exacto de la fecha de la solicitud se han de presentar las siguientes pautas. El individuo tendrá que personarse en estado de desempleo o trabajando a tiempo parcial, en las condiciones antes mencionadas con los 90 días cotizados. También será obligatorio suscribir el acuerdo de actividad. Este subsidio se concederá en el caso de no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo. Además, "debes carecer de rentas propias, o bien, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares" informa el SEPE en su página oficial. Los requisitos de carencia de rentas y de existencia de responsabilidades familiares deberán cuadrar sus fechas con la del subsidio para concurrir en dicha franja.

Con vistas a la aprobación el ciudadano deberá "presentar la solicitud del subsidio dentro del plazo de los seis meses siguientes a la fecha del hecho causante, pues, si no se realiza en este plazo, se denegará". También tendrá que estar inscrito como demandante de empleo, es decir, en búsqueda activa de oficio. La notificación de los ingresos, tanto propios como familiares del mes natural anterior. Por otro lado, en sustitución del subsidio por desempleo para personas mayores de 52 años de edad se percibirá esta ayuda.

Cuantías a percibir en tres tramos

La duración máxima del cobro de este subsidio se determina en función del periodo de ocupación cotizado y la acreditación de responsabilidades familiares. Con un periodo de 90 días de cotización y sin cargas familiares se concederán tres meses de subsidio, con 120 días, cuatro meses, y con 150 días, cinco meses. En el caso de contar con 180 días y cargas familiares, el plazo de cobro aumenta hasta los 21 meses "sin que sea necesario acreditar carencia de rentas propias" indica.

La cuantía se establece en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que se actualiza por momentos por lo que la cifra percibida se calcula sobre el porcentaje:

  • El 95% durante los ciento ochenta primeros días del subsidio.
  • EL 90 % desde el día ciento ochenta y uno al día trescientos sesenta.
  • El 80 % a partir del día trescientos sesenta y uno.