Derechos laborales

Cuatro derechos laborales que tienen todos los trabajadores en España y que la mayoría no conocen

El abogado laboralista "Laboral_tips" explica cuáles son los cuatro derechos más importantes de un trabajador

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, preside la primera mesa específica de Diálogo Social, con responsables de organizaciones sindicales y empresariales, en la sede del Ministerio, a 13 de febrero de 2024, en Madrid (España).
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía SocialEduardo ParraEuropa Press

Cuando una persona consigue un empleo, es importante conocer los derechos básicos que amparan al trabajador. No obstante, en muchos casos se desconocen estos derechos, lo que provoca ciertas confusiones y ciertas dudas sobre qué puede y que no puede hacer un empleado.

Además, en muchas ocasiones las empresas tratan de aprovechar este desconocimiento, algo que afecta de manera directa en la vida laboral de los ciudadanos. Por ello, "Laboral_tips", un abogado laboralista experto en estos derechos, ha realizado un vídeo explicativo resumiendo cuáles son los cuatro derechos básicos que todo trabajador debe conocer.

Los cuatro derechos básicos más importantes

"Laboral_tips" es un abogado laboralista famoso en redes sociales por compartir información relacionada con el trabajo y los empleados. De esta forma, y ante la falta de información de muchos, el experto colgó en sus redes sociales un vídeo anunciando qué cuatro derechos debe conocer todo trabajador.

Máximo de horas de jornada laboral

En primer lugar, una información que todo trabajador debe conocer es que su jornada laboral ordinaria nunca podrá ser superior a las 40 horas semanales, según establece el Ministerio de Trabajo. Por ello, el resto de horas serán computadas como horas extra, pudiendo el trabajador elegir si desea hacerlas o no. Esto, por tanto, significa que a partir de las 40 horas semanales, el trabajador no estará obligado a hacer más.

Asimismo, se especifica que el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario.

Sin embargo, en los últimos meses se ha estado hablando de la más que posible reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, una medida a la que se ha comprometido la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, asegurando que será positiva para todos. Se espera que en los próximos meses la norma sea aprobada y entre en vigor, mejorando la vida de los empleados.

Derecho a vacaciones

Por otro lado, uno de los derechos que más suscitan interés entre los trabajadores es el tiempo de vacaciones establecido. Según se informa en la web del ministerio, recogido también en el Boletín Oficial del Estado en su artículo 38, el periodo de vacaciones se fijará de acuerdo entre empresario y trabajador de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones, pero nunca podrá ser inferior a 30 días naturales, lo que suponen 22 días laborales de vacaciones anuales.

Descansos entre jornada y jornada de trabajo

El tercer derecho que expone el abogado laboralista es el descanso que dispone cada trabajador entre jornadas de trabajo. Según lo establecido, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente debe haber, como mínimo, doce horas de descanso. Además, cuando la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso de duración no inferior a quince minutos, que será considerado como tiempo de trabajo efectivo.

Asimismo, los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido.

Salario mínimo

Por último, un derecho básico importante para los trabajadores es el salario mínimo que corresponde. En este caso, el salario mínimo para cualquier actividad, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 37,8 euros/día o 1.134 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

No obstante, se espera que para la entrada de 2025 el salario mínimo ascienda debido a la inflación y el encarecimiento de los costes de vida. En concreto, el salario mínimo podría ascender a una cifra que rondaría los 1.200 euros.