Seguridad vial
¿Cuál es la multa más alta que puede recibir un ciclista?
Hay una infracción en particular por la que la sanción podría ascender hasta los 1.000 euros
Los ciclistas son una realidad cada vez más común en las carreteras de nuestro país. Durante los últimos años, el uso de las bicicletas se ha popularizado mucho. De hecho, para algunos es más un un estilo de vida que un simple medio de transporte. No solo es mucho más barato que el coche, además es mucho más saludable, mucho más ecológico y mucho más fácil de aparcar. No obstante, y a pesar de todas sus virtudes, el aumento exponencial del número de bicicletas desplazándose por nuestras ciudades también puede suponer un riesgo... si todos los usuarios de la vía, ciclistas o no, no están familiarizados con las normas de seguridad vial.
En una hipotética colisión entre un coche y una bicicleta, quién va a salir siempre perdiendo será el ciclista. De eso no cabe duda. Y es por ese motivo que -normalmente- el Reglamento General de Circulación es más incisivo en los límites a los comportamientos erráticos y temerarios de los vehículos a motor. No obstante, los ciclistas también tienen que cumplir con ciertas normas, para que todos estemos seguros al desplazarnos por las ciudades; independientemente de si somos conductores, ciclistas o peatones. Y al igual que ocurre con el resto de vehículos, si los ciclistas incumplen estas normas, se enfrentarán a una sanción económica que puede ser bastante alta.
Las multas más comunes que se suelen imponer a los ciclistas suelen rondar, como máximo, los 200 euros. Y generalmente se deben a comportamientos como no ceder el paso en un paso de peatones, no respetar la prioridad en un cruce, saltarse un semáforo o un ceda al paso, por escuchar música con los auriculares o por no señalizar una maniobra. Sin embargo, hay una infracción en particular, por la que la sanción podría ascender, nada más y nada menos, que hasta los 1.000 euros.
Las multas más cuantiosas que pueden sufrir los ciclistas son las relacionadas con el alcohol. Porque sí, los ciclistas también están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia, en caso de que un agente lo requiera. Y realmente, la única diferencia entre las multas por conducir bajo los efectos del alcohol en una bicicleta y en un coche es que, en el caso de los ciclistas, no es posible la retirada de puntos, pues no es necesario sacarse ningún carnet para ser ciclista.
La DGT sanciona con una multa de 500 euros a aquellos conductores que, tras la prueba del alcoholímetro, den como resultado una cifra superior a 0,25 miligramos por litro en aire espirado. En el caso de conductores profesionales, como los repartidores de Globo, Uber Eats, etc. esta sanción se impone con cantidades superiores a los 0,15 miligramos por litro. La sanción económica ascenderá hasta los 1.000 euros, en el caso de que el ciclista obtenga una cifra superior a los 0,50 miligramos por litro; o a los 0,30 miligramos por litro, en el caso de los profesionales.
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