Debate jurídico

El documento que certifica que Ayuso firmó la disolución de la Asamblea antes de que se presentaran las mociones de censura

Un escrito del secretario general del Gobierno madrileño demuestra que la presidenta deliberó con su Gobierno el adelanto electoral y redactó el decreto a las 12:25

Begoña Villacís conversa con el presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad, mientras el alcalde Almeida charla con Ayuso, a su llegada al acto en recuerdo a las víctimas.
Begoña Villacís conversa con el presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad, mientras el alcalde Almeida charla con Ayuso, a su llegada al acto en recuerdo a las víctimas.Emilio NaranjoAgencia EFE

Dentro del embrollo jurídico en el que se ha sumido la Comunidad de Madrid, el debate entre los portavoces de los distintos grupos de la Asamblea regional sigue girando en torno si el decreto de disolución del parlamento y la convocatoria de nuevas elecciones que firmó la presidenta, Isabel Díaz Ayuso, prevalece o no sobre las mociones de censura registradas también en la mañana de ayer por parte de PSOE y Más Madrid.

En este escenario, el secretario general del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, Fabio Pascua Mateo, ha redactado un certificado en el que aclara algunas de las dudas suscitadas en torno a esta polémica. El documento deja claro que la presidenta Ayuso y el Gobierno regional en su conjunto -en ese momento aún conformado por miembros del Partido Popular y de Ciudadanos- sí cumplieron con todos los requisitos establecidos en el Estatuto de Autonomía para poder adelantar las elecciones.

En ese sentido, el certificado señala literalmente que “el Consejo de Gobierno, en su sesión de 10 de marzo de 2021, a propuesta de la Presidenta de la Comunidad de Madrid y según se desprende del Acta provisional correspondiente ha informado a los Consejeros de que una vez oída la deliberación del Consejo ha acordado proceder a la disolución de la Asamblea de Madrid y convocar elecciones”. Es ésta una cuestión relevante ya que el Estatuto establece que el adelanto electoral no puede decretarse unilateralmente por la presidenta regional sin haberlo debatido con sus consejeros.

Artículo 21 del Estatuto de Autonomía de Madrid

1. El Presidente de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de la Asamblea con anticipación al término natural de la legislatura. La disolución se formalizará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo los requisitos que exija la legislación electoral aplicable.

Otra de las cuestiones relevantes que han suscitado polémica en las últimas horas es la relativa a la hora en la que Ayuso firmó el decreto de disolución de la Asamblea y de convocatoria electoral de cara al 4 de mayo. En este sentido, el certificado firmado por Pascua Mateo deja claro que la reunión del Ejecutivo regional en el que se deliberó la cita con las urnas terminó a las doce menos cuarto. Y, a su vez, se señala que la presidenta firmó el decreto en el que daba por terminada la legislatura a las 12:25 de la tarde.

Este documento, por tanto, demuestra que la disolución del Parlamento regional y la convocatoria de nuevas elecciones sí llegó antes que la presentación de las mociones de censura del PSOE y Más Madrid en el registro de la Asamblea.

Acto seguido, la Presidencia de la Comunidad de Madrid remitió el decreto al Boletín Oficial de la región para su publicación, que se sustanció al llegar la medianoche. De esta forma, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de hoy jueves publica el Decreto 15/201 firmado el miércoles por la presidenta de la Comunidad de Madrid con la disolución de la Asamblea de Madrid, la convocatoria de elecciones en esta comunidad, que se celebrarán el próximo 4 de mayo, y el cese de todos los consejeros de Ciudadanos.

La campaña electoral, según el Decreto, comenzará a las cero horas del domingo 18 de abril de 2021 y finalizará a las cero horas del lunes 3 de mayo de 2021, mientras que la sesión constitutiva de la Asamblea se celebrará el día 8 de junio de 2021, a las diez horas.