Tribunales
La "separación física" impuesta por el juez en la declaración de Aldama subleva a las acusaciones populares
Iustitia Europa recurre la "desproporcionada" decisión de que solo el magistrado, el fiscal y la defensa del empresario puedan asistir de forma presencial a su comparecencia
La decisión del juez del "caso Koldo", Ismael moreno, de que Víctor de Aldama, el "conseguidor" de la supuesta trama, declare mañana únicamente en presencia del instructor, del fiscal Anticorrupción y de su abogado ha soliviantado a las acusaciones populares. Aunque la premura de tiempo con la que se ha convocado la comparecencia, a petición propia, del empresario convierte en estéril cualquier recurso (que además no tiene efectos suspensivos) contra esa resolución, una de las acusaciones populares ha decidido dar el paso ante lo que considera una vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y al principio de igualdad de armas. Una contrariedad que comparten también fuentes de Hazte Oír y la Asociación Liberum consultadas por LA RAZÓN, que no encuentran justificación a la iniciativa, que según entienden condiciona su labor procesal.
Iustitia Europa ha recurrido el auto del juez en el que acuerda que las acusaciones populares -PP, Hazte Oír, Asociación Liberum, Iniciativa Justicia y Transparencia Veritas y Adade (Asociación de Abogados Demócratas por Europa), además del partido recurrente- y el resto de las defensas sigan la declaración en una sala distinta de la Audiencia Nacional por videoconferencia y solicita al titular del Juzgado de Instrucción número 2 del citado tribunal que permita a defensas y acusaciones sin excepción asistir de forma presencial a la declaración del empresario, "garantizando así el ejercicio pleno de sus derechos procesales y constitucionales".
Con esta medida que tacha de "desproporcionada" -subraya el letrado de la formación política, Luis María Pardo, en el escrito remitido a Moreno-, se "limita el acceso directo y pleno de las acusaciones y defensas a las actuaciones procesales, afectando al principio de contradicción y a la posibilidad de ejercer una defensa efectiva". Solo la presencia física en la sala de vistas donde comparecerá el comisionista de la "trama Koldo" -insiste- "garantiza la igualdad de condiciones entre las partes". Y recuerda que el principio de inmediación "es clave para garantizar un conocimiento íntegro y directo de las manifestaciones del investigado, lo que resulta esencial para la valoración de la prueba y para el ejercicio de los derechos de contradicción y defensa por parte de las acusaciones y defensas".
Para Iustitia Europa, el instructor no ha justificado las razones suficientes que motiven esa "separación física entre las acusaciones y defensas" y Aldama y su abogado, por lo que relegarles a una sala distinta "crea una clara desigualdad" entre unos y otros.
Si la decisión obedece a razones de tipo organizativo porque la sala donde declarará Aldama no dispone de espacio suficiente, expone el letrado de la acusación, "la solución no puede pasar por limitar los derechos de las acusaciones y defensas, sino por reubicar" la comparecencia "en una sala que permita la presencia de todas las partes".
Iustitia Europa pone de relieve que el principio de inmediación exige que acusaciones y defensas "puedan estar presentes en la sala donde se practican las diligencias de prueba, de manera que puedan participar plenamente en el desarrollo de las actuaciones y observar directamente las manifestaciones del investigado" (sus gestos, sus reacciones a las preguntas que se le formulen o incluso sus titubeos si los hubiera).
"Una vez que el investigado presta declaración en la Audiencia Nacional de manera física, y no desde el centro penitenciario -reitera el letrado-, todas las partes tenemos que tener derecho a dicho principio en igualdad de condiciones".
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