Tribunales

Un juez avala el rechazo de la Junta a una planta fotovoltaica en Tabernas

La Administración denegó la construcción por el impacto que tendría en una especie de ave esteparia protegida, la ganga ortega

Un juez avala el rechazo a una planta fotovoltaica en Tabernas (Almería) por su impacto en aves esteparias
Un juez avala el rechazo a una planta fotovoltaica en Tabernas (Almería) por su impacto en aves estepariasEuropa Press

Una jueza ha avalado la denegación de la administración andaluza del permiso para construir una planta fotovoltaica en el municipio almeriense de Tabernas, debido al impacto que tendría en una especie de ave esteparia protegida, la ganga ortega (Pterocles orientalis). El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Almería desestima el recurso presentado por la empresa Eleazar Solar SL contra la resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía que denegó el permiso para esta planta con una potencia estimada de 50 megavatios.

El fallo apunta que existen dos informes de la estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA-CSIC) en los que se recoge que durante 2021 y 2022 se realizaron censos en la zona de afección de la planta fotovoltaica y en sus alrededores que demostraron la presencia de la especie en ambos puntos. “Tanto los datos obtenidos en mayo de 2022 como su inclusión en el análisis mencionado confirman los resultados anteriores y muestran que la zona propuesta para la planta fotovoltaica se encuentra dentro del área de distribución de la ganga ortega y es importante para la conservación de esta especie”, resalta la sentencia.

Explica que las parejas detectadas pertenecen a una población que se distribuye entre el Desierto de Tabernas, Campo de Tabernas y falda de Sierra de Alhamilla, y que los datos apuntan a la existencia de unas 45 parejas, “por lo que la planta fotovoltaica proyectada afectaría de manera directa al 13,3 % de la población de ganga ortega.

La juez incide en que, tal y como indica el letrado de la Junta de Andalucía en su escrito de contestación a la demanda, solo es posible autorizar el proyecto si existe “certeza” de que el mismo no tendrá efectos perjudiciales, algo que “no sucede en el caso analizado”.