Tribunales

La Audiencia confirma el archivo de causa contra Carcaño por el daño a la familia de Marta del Castillo

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el archivo de la causa abierta contra Miguel Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral derivado del daño causado a la familia de Marta del Castillo con su penúltima versión de los hechos, cuando dijo que fue su hermano, Francisco Javier Delgado, quien la mató tras golpearla con la culata de una pistola y que, posteriormente, la enterraron en la finca 'Majaloba' de La Rinconada.

En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado recientemente un auto en el que rechaza el recurso interpuesto por la abogada de los padres de Marta contra el archivo provisional de la causa dictado y ratificado el pasado mes de mayo de 2015 por el juez de Instrucción número 4, Francisco de Asís Molina. La familia recurrió para que se reabriera esta causa contra Carcaño, que fue condenado a 21 años y 3 meses de cárcel por el asesinato de Marta, y se llamara a declarar a seis agentes de la Policía Nacional responsables de las labores de búsqueda de la joven, pues la letrada entendía que sus declaraciones serían "fundamentales"para el esclarecimiento de los hechos, ya que Carcaño les habría revelado su nueva versión.

Las mismas fuentes consultadas por Europa Press han precisado que la Audiencia ha archivado esta nueva causa contra Carcaño al entender que "no se puede decir que haya mentido"con su nueva versión de los hechos, la cual fue resultado de hasta 13 entrevistas mantenidas con la Policía, tras lo que ofreció un sitio "muy inconcreto"como posible paradero del cuerpo. La Audiencia Provincial subraya en su auto que "no se puede afirmar"que Miguel Carcaño esté mintiendo porque nunca precisó un lugar concreto y no se puede saber si el cuerpo de Marta del Castillo está o no en los terrenos que separan la ciudad de Sevilla de La Rinconada, tal y como ya había indicado el juez instructor en el auto de archivo provisional dictado en 2015.

El juez abrió diligencias contra Carcaño y le tomó declaración como imputado en julio de 2014 después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial confirmara el archivo de la causa contra el hermano de Miguel en un auto en el que acordó deducir testimonio contra Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral, ya que "no debe caer en saco roto este nuevo intento de distracción y ocultamiento de la realidad", en relación a su penúltima versión de los hechos.

No obstante, y después de tomarle declaración como imputado, el juez consideró que "no resulta debidamente justificada la perpetración del delito"atribuido a Miguel Carcaño y acordó por ello el sobreseimiento provisional de la causa, ahora confirmado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla.

El juez ponía de manifiesto que el tipo delictivo "exige como elementos objetivos infligir un trato degradante a otra persona con resultado de menoscabo grave de su integridad moral, y como elemento subjetivo el dolo que implica conocer y querer efectuar dicho trato con la consecuencia mencionada". En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo elevó la condena de Carcaño a un año y tres meses de prisión por un delito contra la integridad moral "porque a lo largo de la fase de instrucción cambió reiterada y deliberadamente de versión sobre el destino del cuerpo en un escenario absolutamente distinto al que hoy nos trae".

Así, "fue la conjunta valoración de todas las versiones la que permitió alcanzar una conclusión certera en el ámbito de la antijuricidad y de la culpabilidad", pero "dado que tal conducta ya fue penada, sólo podemos valorar ahora, como comportamiento aislado, si la nueva declaración prestada integra, por sí sola, un nuevo delito". En este caso, "no se aprecia que Miguel Carcaño, con su nueva declaración, haya infligido a los familiares directos de la víctima, o haya procurado hacerlo, un trato degradante tal y como lo define la doctrina para integrar el injusto típico, esto es, aquél que, con independencia del medio utilizado, conlleva padecimientos físicos o psíquicos y produce en todo caso un sentimiento de humillación o sensación de envilecimiento ante los demás o ante sí mismo". El juez recuerda que, en el auto donde archivó la causa contra el hermano de Miguel, ya señaló que "la declaración de Miguel, ya penado, carecía de encaje procesal y fue resultado de cuantas entrevistas consideró necesarias la Policía para tratar de determinar el paradero del cuerpo de la menor".

La Rinconada

Así, "y en respuesta a las demandas policiales de colaboración, manifestó que no conocía y no podía señalar, ni siquiera por aproximación, el paradero del cuerpo, limitándose a decir que lo sepultaron en terrenos situados en el margen izquierdo según el sentido de marcha desde Sevilla a La Rinconada". Tras ello, y en su declaración como imputado en esta nueva causa, el 1 de julio de 2014, "volvió a reiterar que 'no es cierto que hiciera esta declaración --la de 29 de abril de 2013-- para causar impacto en los medios de comunicación sabiendo que con ello causaba un daño a los familiares de Marta'"y que 'siempre fue su intención que se encontrara el cuerpo'.