Madrid 360
¿Puede mi moto circular por Madrid en 2025? Esto es lo que debes saber
La Zona de Bajas Emisiones de Madrid se ha expandido hasta comprender todo su término municipal. Estas son las restricciones que tienes que tener en cuenta este año y las que llegarán en 2025
Desde el comienzo del año, todas las ciudades de España con más de 50.000 habitantes están obligadas a tener habilitada una Zona de Bajas Emisiones. En el caso de Madrid, fue la primera ciudad de implementar esta medida en 2022 y, ahora, ya rebasa los límites perimetrales marcados por la M-30, incluyendo todo el término municipal.
En el caso de las motos y ciclomotores sin etiqueta, la situación es diferente que la presente en los turismos. Para estos vehículos, a lo largo de 2024, podrán seguir circulando con libertad sin tener ninguna de las etiquetas medioambientales. Sin embargo, la prohibición llegará antes de lo que muchos conductores se piensan.
Según la Ordenanza de Movilidad Sostenible presentada por el Ayuntamiento de Madrid, desde el 1 de enero de 2025 quedará prohibido la circulación de todos los vehículos con clasificación ambiental A, independientemente de su domicilio, incluyendo turismos, motocicletas, ciclomotores con excepciones de furgonetas, camiones y autobuses. Además, se endurecerán las medidas para el acceso a las zonas ZBEDEP del Distrito Centro y Plaza Elíptica.
La prohibición de motos y ciclomotores en Madrid para 2025
A partir del 1 de enero de 2025, unas 80.000 motos y ciclomotores no podrán entrar en Madrid si no dispone de etiqueta medioambiental de la DGT. Solo quedarán exentos de esta normativa aquellos vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida que tengan la tarjeta de estacionamiento correspondiente, los clasificados como históricos y los vehículos de emergencias o Fuerzas Armadas.
Lo más destacado de estas medidas de 2025 es que, aunque estén empadronados y paguen el Impuesto Municipal (IVTM) en la capital, no podrá circular. Esto ha creado discrepancias desde las asociaciones de motociclistas, que consolidan su medio de transporte como un elemento de movilidad sostenible.
Sin embargo, tras la confirmación realizada por el delegado de Medio Ambiente, Movilidad y Urbanismo, Borja Carabante, los coches sin etiqueta medioambiental, podrán circular durante 2025 sin ser multados debido a la extensión del plazo de notificación ante esta infracción. Esto se debe al objetivo por parte del Ayuntamiento de Madrid de dar a conocer la ordenanza medioambiental a todo el mundo. Además, contará con una prolongación de 12 meses.
¿Puedo conducir ahora con mi moto por Madrid?
A día de hoy, las motocicletas que tengan la etiqueta C o B, pueden circular por Madrid Central desde las 07:00 horas hasta las 22:00 horas, pudiendo estacionar en aparcamientos públicos o privados. Una vez dentro puedes salir a la hora que lo necesites. Sin embargo, si accedes más tarde de las 22:00, estás obligado a estacionar en un parking.
- ZBEDEP Distrito Centro. Si tu vehículo es una motocicleta o ciclomotor, no puedes acceder salvo que estés empadronado en el Distrito Centro.
- ZBEDEP Plaza Elíptica. Si tu vehículo es una motocicleta o un ciclomotor, no puedes acceder salvo que estés empadronado en los barrios de: Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó y Zofío.
Aquellos vehículos de dos ruedas, residentes que tengan o no la etiqueta medioambiental, tiene permiso para entrar en una zona restringida para aparcar en la zona. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2025, las motos y otros vehículos que no cuenten con el identificativo, no podrán hacerlo.