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Asesinato

Declaran culpable de asesinato a la mujer que confesó haber descuartizado a su amante en Cortegada (Ourense)

La Fiscalía reduce la petición de pena de 18 a 8 años de cárcel basándose en tres atenuantes

La acusada, durante el juicio. EUROPAPRESS

Después de dos jornadas de juicio y seis horas de deliberación, el jurado popular, integrado por siete mujeres y dos hombres, declaraba ayer culpable de asesinato, por unanimidad, a Cristina R. V., autora confesa del crimen de Cortegada (Ourense).

La confesión de la propia acusada fue uno de los pilares sobre los que se sustentó el jurado. No en vano, durante la primera jornada del juicio la mujer había ratificado su culpa, tal y como ya había hecho con anterioridad en otras dos ocasiones, durante los registros iniciales y en el juzgado de instrucción de Ribadavia.

Según los hechos probados, la mujer y su víctima se conocieron a través de una red social en agosto de 2021. Apenas unos días después, el hombre voló desde Castelldefels, en Barcelona, a Vigo, donde la acusada lo recogió llevándolo a su casa en una aldea de Cortegada.

Una vez allí, y tras convivir durante tres días y mantener varias discusiones, la acusada administró, de manera premeditada, una dosis indeterminada de hipnóticos y antidepresivos a la víctima, lo que lo dejó adormecido.

Aprovechándose de este estado de somnolencia, la mujer utilizó un almohadón para asfixiarlo, movida por la intención de acabar con su vida.

Después de asesinarlo, se deshizo del cuerpo prendiéndolo fuego en una hoguera, acelerando el proceso con gasolina y fragmentando los restos.

Trastornos mentales

El juicio quedó visto para sentencia y la Fiscalía redujo la pena solicitada de 18 a 8 años de prisión debido a tres atenuantes.

En este sentido, se demostró que la acusada padece varios trastornos mentales: uno de ansiedad generalizada, otro obsesivo-compulsivo y otro de personalidad "no especificado", con rasgos de esquizotipia. Aunque su capacidad de voluntad está moderadamente limitada, comprende la ilegalidad de sus acciones.

Asimismo, Cristina R. V. había ingresado ya 10.000 euros a la familia de la víctima en concepto de responsabilidad civil.

A esto se añade su colaboración. De este modo, se aplicaron las atenuantes solicitadas por la Fiscalía: la de confesión, la de reparación del daño, y la eximente incompleta de alteración psíquica debido a su estado mental.

El jurado no apoyó la posibilidad de un indulto, ni la suspensión de la pena si se cumplieran los requisitos legales. En cualquier caso, y tras esta petición de rebaja de pena, la mujer no permanecerá en la cárcel más allá de 2029 toda vez que ya ha cumplido tres años en prisión preventiva.