
Análisis
Las vías de las comunidades autónomas contra la acogida
Un recurso ante el Tribunal Constitucional tiene difícil prosperar, pero no ante el Supremo

El Gobierno de coalición ha dado a las comunidades autónomas hasta el 31 de marzo para que le hagan saber cuántos menores extranjeros no acompañados albergan hoy en sus territorios. Si no mandan la información, el Ejecutivo tendrá en cuenta sus propias estimaciones. Las administraciones autonómicas no han recibido aún ninguna comunicación oficial de cómo se hará el nuevo reparto, que debe ajustarse a las condiciones fijadas en el pacto con Junts. La mayoría piensa recurrir.
¿Qué implica el real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros en materia de acogida de menores extranjeros no acompañados?
En el seno del Gobierno se aprobó ayer, tras entrar en el orden del día del Consejo de Ministros a última hora, un real decreto ley para la modificación del artículo 35 de la Ley de Extranjería. Se añadirá dentro de este artículo uno bis dirigido a cambiar el sistema de acogida de los menores extranjeros no acompañados en las 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas.
La principal novedad que implicará es que las administraciones regionales pasarán a estar obligadas a acatar el reparto de los niños y adolescentes inmigrantes que se diseñe desde el Ejecutivo central. Así como el resto de «actuaciones» que se establezca que deban «realizar» para con los menores que no están acompañados de sus progenitores en unos «plazos» que les vendrán impuestos desde Madrid.
¿Cuál es el camino de tramitación que aún debe seguir el real decreto?
Este real decreto, que lleva el título de «medidas urgentes para garantizar el interés superior de la infancia y la adolescencia», ha salido publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y tendrá que ser confirmado aún por el Congreso de los Diputados para poder entrar realmente en vigor. Está previsto que la reforma legislativa sea sometida a votación en el pleno de la Cámara baja antes de Semana Santa, que comienza el próximo 13 de abril.
Si nada cambia, saldrá adelante al haber confirmado Junts esta semana que finalmente apoyará la medida. Su voto era imprescindible para evitar el fracaso que ya vivió esta iniciativa política del Gobierno socialista y de Sumar cuando el pasado verano decayó tras recibir el «no» de PP, Vox y los de Puigdemont.
¿Cómo se prevé que afecte, concretamente, en el corto plazo?
Este plan del Ejecutivo de Pedro Sánchez supondrá la reubicación en otras comunidades de los 4.500 inmigrantes menores que están solos en Canarias y Ceuta. Al ser estos los únicos dos territorios que tienen superadas en tres veces sus capacidades de acogida normales, por lo que se consideran tensionadas, según la vara de medir que ahora pasará a aplicar la Administración central.
El resto de regiones ya no podrán decidir, con el cambio que prevé sacar adelante Moncloa, si acceden o no a aceptar a estos menores y a asumir su cuidado, para lo que sí están facultadas hasta que se aplique el real decreto ley en ciernes.
¿Qué vías tendrán las comunidades en contra para impugnar estas políticas?
Según fuentes de distintas autonomías que rechazan radicalmente la idea de que desde el Consejo de Ministros se les pase a imponer la acogida de menores extranjeros no acompañados, consultadas por LA RAZÓN, sus servicios jurídicos ya están estudiando qué vías se les abren para intentar su anulación o que quede sin efecto.
La primera, una vez el real decreto sea aprobado por el Parlamento, es presentar un recurso de amparo denunciando su inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Sin que existan, eso sí, muchas esperanzas de que pueda prosperar la imposición por parte de la Corte de Garantías que preside Cándido Conde-Pumpido, como medida cautelar, de la suspensión de la aplicación de esta nueva legislación de Extranjería. Fundamentalmente, por ser parte del proyecto gubernamental del PSOE y los de Díaz, y al tener el TC una mayoría de magistrados de tendencia progresista.
La vía alternativa es ir contra el reglamento que saldrá del Consejo de Ministros y que servirá como norma de desarrollo en cuanto a las condiciones y la forma en que deben operar, a partir de ahora, las acogidas de los niños y adolescentes inmigrantes.
Las regiones en desacuerdo –ya se ha confirmado que Castilla y León, la Comunidad de Madrid, Aragón, Andalucía, Galicia y Murcia engrosan este grupo– tienen delante la posibilidad de impugnarlo ante el Tribunal Supremo.
En el que, a diferencia de lo que señalábamos antes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal sí que podría acabar estimando una imposición de medidas cautelares mientras resuelve el recurso. Esta sería, evidentemente, dejar sin efecto temporal los traslados de menores que decida hipotéticamente el Gobierno desde Canarias o Ceuta hacia sus territorios.
Pero sin cautelares de por medio, y mientras no se resuelvan los recursos, tendrían que recibir sí o sí a los menores extranjeros.
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