"Ningún argumento"
El Tribunal Supremo mantiene sin escaño a Laura Borràs
Rechaza la suspensión cautelarísima del acuerdo de la Junta Electoral de retirarle su credencial tras su condena
El Tribunal Supremo (TS) se ha negado a suspender de forma cautelarísima la decisión del pasado día 3 de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar el escaño a Laura Borràs tras ser condenada por prevaricación a cuatro años y medio de cárcel y trece de inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por amañar contratos cuando presidía la Institución de las Letras Catalanas (ILC), organismo dependiente de la Consejería de Cultura de la Generalitat.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal deniega así la petición de la presidenta de Junts per Catalunya (JxCat) de recuperar provisionalmente su credencial como diputada del Parlament, en contra del acuerdo de la JEC, que consideró que concurría en Borràs una causa de inelegibilidad sobrevenida, tras su condena por el TSJ catalán.
Según el Supremo, el escrito de Borràs no ofrece "ningún argumento" para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima, que se adopta incluso sin escuchar a la otra parte, en este caso la Junta Electoral Central.
En su resolución, la Sala acuerda sin embargo tramitar su petición de forma ordinaria, concediendo de plazo a la JEC y al Ministerio Fiscal hasta el próximo viernes para que remitan sus alegaciones sobre la petición de la medida cautelar.
18 contratos a dedo
Ese procedimiento coincidirá por tanto con el que puso en marcha el propio Parlamento de Cataluña, que sí solicitó la suspensión cautelar de la retirada del escaño (pero no de forma urgente), sobre el que la Junta Electoral tendrá diez días para pronunciarse antes de que el alto tribunal decida sobre la suspensión cautelar.
La expresidenta del Parlament fue condenada a cuatro años y medio de cárcel, a trece de inhabilitación y al pago de una multa de 36.000 euros por prevaricación y falsedad documental por la adjudicación de 18 contratos a dedo por valor de algo más de 335.000 euros entre 2013 y 2017.
Un excolaborador de la líder de Junts, Isaías Herrero, quien explicó al tribunal que en ese periodo él y Borràs elaboraban unos presupuestos "comparsa" que acompañaban al principal para facilitar el fraccionamiento de contratos y la adjudicación posterior a dedo. Así, contó, se encargaban de que no superasen los 18.000 euros, tope por encima del cual es obligada la convocatoria de concurso público.
"El encargo y la adjudicación de los trabajos encomendados al Sr. Herrero, para la creación, desarrollo y mantenimiento de la web de la ILC lo realizó personal y directamente la Sra. Borràs i Castanyer a pesar de conocer que al hacerlo prescindía del procedimiento administrativo de contratación preceptivo que debía quedar sometido a un procedimiento abierto con concurso público, concluyó el tribunal. Según la Sala, "para crear una apariencia de respeto a los principios de publicidad y libre concurrencia en cada uno de los expedientes de contratación, Borràs le dio instrucciones a Herrero sobre cómo proceder para facturar sus trabajos a la ILC".
La expresidenta del Parlament fue además advertida de esas irregularidades, "sin que por ello modificase en nada sus designios de adjudicar los trabajos Herrero", recalcó el tribunal en su sentencia.
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