23-F
El juez cita a declarar a "Iñaki de Rentería" por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
García Castellón amplía seis meses más la investigación porque restan "relevantes diligencias" y ha de interrogar también a "Anboto" y "Kantauri"
La Audiencia Nacional seguirá investigando al menos seis meses más a cuatro exjefes de ETA -María Soledad Iparraguirre, "Anboto"; Javier Arizcuren Ruiz, "Kantauri"; Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería"; y Mikel Albisu, "Mikel Antza"- por su supuesta responsabilidad en el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997. Así lo ha decidido el instructor de la causa, el magistrado Manuel García Castellón, a instancias de la Fiscalía y el resto de acusaciones -las que ejercen la hermana del edil de Ermua, Marimar Blanco, Dignidad y Justicia (DyJ) y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT)-.
El instructor justifica su decisión en "los complejos hechos investigados", en las "relevantes diligencias" pendientes y en el procedimiento de cooperación judicial internacional abierto para que Francia autorice que dos de los imputados -"Anboto" y "Kantauri"- puedan ser investigados por estos hechos (en su día el país vecino acordó su entrega por otras causas). Un proceso -el de la OEDE- que, constata García Castellón, "dilata los plazos" de la instrucción, que según entiende resulta "insuficiente para que finalice la investigación".
El titular del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional señala en la investigación reabierta tras una querella de DyJ "todavía no se ha tomado declaración" en calidad de investigados a "Anboto" y "Kantauri", que se acogieron al principio de especialidad que obliga a recabar el visto bueno de las autoridades galas para proceder penalmente contra ambos por esta causa.
Declarará por videoconferencia
Asimismo, García Castellón añade que recientemente la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ratificado la imputación de "Iñaki de Rentería" al considerar que "no ha lugar a declarar la prescripción de los hechos" respecto al exdirigente etarra en esta fase procesal, abriendo la puerta a que los hechos no hayan prescrito porque en diciembre de 2010 -cuando entró en vigor el carácter imprescriptible de los asesinatos terroristas- todavía eran perseguibles penalmente. Gracia Arregui ha sido citado ya a declarar el próximo día 23 por videoconferencia desde los juzgados de San Sebastián.
Para el instructor, estos tres aspectos "resultan esenciales, toda vez que si no se prorrogase la instrucción ello podría cercenar el derecho de defensa de los investigados que aún no han declarado", puesto que tras sus comparecencias sus defensas o las acusaciones podrían solicitar la práctica de nuevas diligencias. Algo que "no sería posible si se estima que no ha lugar a acordar la prórroga".
El magistrado asegura que al acordar la prórroga, a la que según recuerda no se han opuesto tampoco los abogados de los exdirigentes de ETA, garantiza "el derecho de defensa de los investigados y la igualdad de armas entre todas las partes".
"Capacidad de mando y decisión"
Los cuatro investigados, según exponía García Castellón en el auto de imputación, pudieron haber evitado el asesinato del concejal de Ermua porque ostentaban "suficiente capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista de la organización", como defendía en la querella contra la excúpula de ETA el abogado de Dignidad y Justicia Miguel Ángel Rodríguez Arias. Eran, aseguraba, "plenamente conscientes de la posición de mando" que ostentaban dentro de la organización terrorista y de su "amplia capacidad de actuación", que les capacitaba para "ordenar la comisión de acciones terroristas concretas, o bien la de evitar las mismas".
Fueron, según el instructor, "plenamente conocedores" de la existencia del secuestro de Miguel Ángel Blanco "ya no solo por haber decidido, planificado y ordenado" la acción criminal, sino porque ETA "se responsabilizó de su secuestro" a través de los medios de comunicación "justificando la acción terrorista".
Para García Castellón, la decisión de secuestrar y asesinar al edil del PP "no fue tomada por un miembro concreto o aislado del comité ejecutivo de ETA, sino que requirió del consenso y la toma de una decisión, adoptada de forma colegiada, por todos los integrantes de la dirección". Sobre todo teniendo en cuenta, añadía, que Miguel Ángel Blanco era un "objetivo preferente de ETA", por lo que ve "improbable" que una acción criminal de estas dimensiones se asumiese "sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva de ETA".
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