Guía
Todos los cambios que 2025 trae a los pensionistas: suben las cuantías, pero también las cotizaciones y la edad de jubilación
El Gobierno dispara las cotizaciones para hacer frente a la factura de las pensiones, que en 2025 rebasará los 15.000 millones mensuales
- Hachazo a los salarios superiores a los 4.909 euros al mes: pagarán una cotización extra desde el 1 de enero
- La carta de la Seguridad Social que recibirán millones de pensionistas en enero
- El Gobierno aprueba la subida de las pensiones para 2025: las contributivas y de clases pasivas se elevarán un 2,8%, las mínimas un 6% y las no contributivas y el IMV, un 9%
La revalorización de las pensiones contributivas aprobada para 2025 es la más moderada desde 2022, cuando se elevaron un 2,5%. Pese a ello, el gasto en pensiones volverá a marcar récord mes a mes, no solo por el nuevo aumento que se le aplicará a las cuantías, sino también por el incremento incesante de la cifra de pensionistas, que se disparará en los próximos años por las jubilaciones de la generación del “Baby Boom”. En 2024, la factura de las pensiones contributivas ha ascendido a un total de 165.889 millones de euros. El gasto mensual ya roza los 13.000 millones de euros (12.974 millones en diciembre), que sumado al gasto de las pensiones de clases pasivas (1.612 millones en diciembre), revalorizado en ambos casos, rebasará con creces la barrera de los 15.000 millones mensuales en 2025 y se aproximará a los 16.000 millones si se añade el coste de las pensiones no contributivas.
El Gobierno aprobó en el último Consejo de Ministros del año un real decreto ley que incluye un alza del 2,8% de las pensiones contributivas y de clases pasivas, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo (IPC) medio interanual, calculado con la inflación desde diciembre de 2023 hasta noviembre de 2024. Por su parte, las pensiones mínimas subirán alrededor del 6% en 2025 y las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se revalorizarán un 9%. En total, se elevarán más de 12 millones de pensiones.
En detalle, aunque la subida media de las pensiones mínimas será del 6%, este porcentaje es mayor para pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares que aumentarán un 9,1%. La pensión mínima de jubilación para los hogares unipersonales se fija en 12.241,6 euros anuales (frente a los 11.552,8 euros de 2024) y de 15.786,4 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2024 ha sido de 14.466,2 euros).
Las pensiones SOVI (Seguro obligatorio de vejez e invalidez) se revalorizarán también en un 6% para 2025, lo que supone alcanzar los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes, y los 543,60 euros mensuales para las concurrentes. Por su parte, la asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanzará en 2025 los 5.805,6 euros al año, mientras que la asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 75% se situará en 8.707,2 euros anuales tras subir un 2,8% interanual.
La pensión media de jubilación contributiva en España alcanzó los 1.449,9 euros mensuales en diciembre, según datos de la Seguridad Social. Con el incremento del 2,8%, un pensionista que reciba la media percibirá en 2025 una pensión de 1.490,50 euros mensuales, lo que supone un aumento anual de 568,4 euros o 40,6 euros mensuales en 14 pagas. Además, las pensiones medias del sistema crecerán aproximadamente 500 euros al año en 2025. Esta revalorización del 2,8% beneficiará a cerca de 9,3 millones de personas que perciben 10,3 millones de pensiones contributivas, junto con las 720.148 pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Asimismo, la reforma de las pensiones recoge la revalorización del complemento de la brecha de género. En 2025 se elevará un 8,1% sobre la cuantía reconocida en 2024 y alcanzará el importe de 35,9 euros al mes por hijo, frente a los 33,2 euros del ejercicio anterior.
Triple subida de las cotizaciones sociales
El Gobierno también aprobó antes de Nochebuena un significativo aumento en las cotizaciones sociales para 2025 que tiene su origen en la reforma de las pensiones de José Luis Escrivá, implementada en dos paquetes, uno en 2021 y otro en 2023, y que pone el foco en aumentar los ingresos del sistema para hacer frente a la creciente factura de las pensiones.
Con la última reforma de pensiones, la de 2023, se introdujo el destope de las bases máximas de cotización -acompañado de un aumento de la pensión máxima diez veces inferior-. En el caso de las bases máximas, al IPC se le sumará una cuantía fija de 1,2 puntos cada año del periodo 2024-2050. Esto supone que, para 2025, la base máxima de cotización subirá un 4% (el 2,8% del IPC promedio más un 1,2% adicional), para situarse en 4.909,5 euros brutos mensuales (58.914 euros).
Al tiempo que aumenta la base máxima de cotización, la pensión máxima se incrementa en 2025 con el IPC más un 0,115 puntos porcentuales adicionales, según determinó dicha reforma. De este modo, con la revalorización del 2,8% del IPC más ese porcentaje adicional, la pensión máxima se situará en 2025 en 3.267,60 euros mensuales por 14 pagas, frente a los 3.075,04 euros de este año.
En 2025, también sube el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una cotización adicional recogida en la reforma de las pensiones de 2021 y que se empezó a aplicar en 2023 para aumentar el Fondo de Reservas de la Seguridad Social, con el objetivo de fortalecer el sistema de pensiones. Se aplica a todos los salarios, independientemente de su cuantía, no otorga derechos adicionales para la pensión y también afecta a los trabajadores autónomos. En 2023 el porcentaje del MEI se fijó en el 0,60% y sube a razón de un 0,10% cada año hasta 2029, para mantenerse en el porcentaje resultante desde 2030 a 2050. Así, en 2025 el MEI se establece en el 0,8%, con una distribución del 0,67% a cargo del empresario y del 0,13% del trabajador.
La segunda “pata" de la reforma de las pensiones de Escrivá incluye la denominada cotización adicional de solidaridad, más conocida como cuota de solidaridad, que se empieza a aplicar en 2025. Esta consiste en un recargo extra sobre los salarios que superen la base máxima de cotización (4.909,5 euros mensuales) y que será progresivo desde 2025 hasta 2045. En 2025 se aplican las siguiente cuotas solidarias en función de tres tramos de rendimientos: 0,92% si el salario supera la base máxima (58.914 euros anuales) en un 10%, 1% si es entre un 10% y un 50% mayor o 1,17% si es un 50% superior. El 83,4% irá a cargo de la empresa y cerca del 16,6% correrá a cargo del trabajador. En 20 años se alcanzará el tipo definitivo, que será de entre el 5,50% y el 7%.
Cambios en jubilación parcial, activa y flexible
En el último Consejo de Ministros del año, la Seguridad Social también aprobó los cambios en materia de pensiones acordados en verano. En concreto, en la jubilación activa se elimina la exigencia de una carrera completa de cotización y se compatibiliza con incentivos por demora. Los porcentajes de la pensión que se van a poder percibir mientras se trabaja son los siguientes: con un año de demora, un 45% de la pensión; con dos años de demora, un 55%; con tres años de demora, un 65%; con cuatro años de demora, un 80%; con cinco años de demora, un 100%.
Por otro lado, se amplía de dos a tres los años que es posible anticipar el acceso a la jubilación parcial, eso sí, con adaptaciones en la reducción de la jornada. Además, se requerirá contratación indefinida y a tiempo completo para los relevistas. Estas modificaciones introducidas en la jubilación parcial y activa entrarán en vigor el 1 de abril de 2025. Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial para los trabajadores de la industria manufacturera, se ha prorrogado el marco actual hasta 2029 incluido con ajustes para mayor flexibilidad y evaluación en 2028.
El texto también incluye mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. Asimismo, se pide al Gobierno que en un plazo de seis meses analice los requisitos de la jubilación flexible para incentivar esta modalidad.
La edad de jubilación más tardía
El nuevo año no sólo trae cambios en las cuantías de las pensiones sino también en la edad de jubilación, la más tardía. En 2025, la edad legal aumentará en dos meses respecto al 2024. Así, será posible jubilarse a los 66 años y 8 meses si se ha cotizado menos de 38 años y 3 meses. Sin embargo, quienes alcancen o superen este periodo de cotización podrán seguir jubilándose a los 65 años con el 100% de la pensión, como en años anteriores. Este aumento en la edad de jubilación forma parte de una transición gradual que culminará en 2027, cuando la edad ordinaria de jubilación será de 67 años para aquellos que no alcancen los 38 años y 6 meses cotizados. Para quienes sí lleguen a esta cifra, la jubilación podrá seguir ocurriendo a los 65 años.
Es posible jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad legal ordinaria de jubilación (64 años y 8 meses con menos de 38 años y 3 meses cotizados o 63 años con más). En el caso de jubilación anticipada involuntaria es posible jubilarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria (62 años y 8 meses o 61 años en función de lo cotizado) .
No obstante, a cambio de adelantar la jubilación se aplican unos coeficientes reductores que merman la pensión. Estos coeficientes oscilan desde el 30% con cuatro años de anticipo hasta el 0,50% con un mes de anticipo en el caso de la jubilación anticipada forzosa o desde el 21% al 3,26% dependiendo de el retiro se anticipa 24 meses o un mes en el caso de la jubilación anticipada voluntaria.
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