
Subsidios y prestaciones
Sentencia pionera: 15.000 euros de indemnización al SEPE por denegar a una empleada del hogar el cobro del paro y otro subsidio
El Servicio Público de Empleo Estatal obligó a pleitear a la empleada para que cobrará los subsidios por desempleo y para mayores de 52 años, y ha sido condenado por daños y perjuicios

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el ente encargado de proporcionar a los ciudadanos los subsidios y las ayudas estatales necesarias para el correcto desarrollo de su vida laboral. Sin embargo, en este pionero caso producido en la ciudad de Vigo, una empleada se vio presionada por la Administración para llevar el caso a juicio debido a la negativa de concederle los subsidios que demandaba. No es la primera vez que la Justicia le da la razón al ciudadano y obliga a la institución a rectificar en su postura, por lo que, no es de extrañar en este sentido, pero la novedad llega al tratarse de una empleada del hogar.
Asimismo, el Juzgado de lo Social número dos de Vigo, en la sentencia dictada el 13 de marzo, le concedió la razón a la susodicha y, además, identificó en la posición del SEPE indicios de discriminación alegando daños morales y perjuicios y condenando al servicio público a pagar 15.000 euros de indemnización. La cuantía de la compensación económica es otra de las variable que ha puesto en el punto de mira a este incidente jurídico. En este sentido, otro de los apartados que más han sonado en el análisis del caso es el hecho de que se juzgó a la ciudadana desde la discriminación que sufre el colectivo de su sector.
El SEPE rechaza el subsidio para mayores de 52 años y el paro
la empleada del hogar ya había ganado un juicio previó contra esta Administración debido al retraso en la compensación de las prestaciones por maternidad, por el que recibió una indemnización de 1.800 euros más el consecuente pago de la ayuda. Pero en esta nueva situación, tras el despido de su antigua ocupación por parte del empleador, la desempleada solicitó la prestación que le pertenecía debido a que cumplía las características para su concesión. No obstante, el desentendimiento llega por la negativa del SEPE sin ningún motivo aparente que propició la posterior denuncia de la exempleada.
Para el respectivo y minucioso estudio del caso, el juez en cuestión se apoyó en la sentencia, del 24 de febrero del 2022, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es así como, con aplicación en la norma mencionada, el SEPE debía reconocer el derecho a las empleadas del hogar como colectivo, a pesar de que la persona no tuviera cotización alguna en su registro. Por lo que, en retrospectiva, se identificó un claro ejemplo de exclusión que no se podía pasar por alto y que ahora se une a la resolución de la UE y refuta el Real Decreto firmado en 2022.
Un posible recurso en el horizonte
El juez aseguró que "hay un daño moral por la zozobra e incertidumbre de no obtener respuesta adecuada de nuestro Estado de Derecho ante una situación de carencia de rentas, y un daño patrimonial claro, consistente, precisamente, en la falta de ingresos". Es por eso que, una vez más se ha identificado un vacío legal dentro de nuestra jurisdicción y, a la espera de que todo este asunto cambie, en la contemporaneidad son los jueces los encargados de dictar su propia sentencia. Mirando al pasado, en otras ocasiones la respuesta de la legislación se posicionó en tapar estos agujeros del marco legítimo para eludir la réplica de estos incidentes.
Debido a la actualidad del caso, todavía no se ha presentado ningún tipo de recurso por parte de la institución y, aunque se estima que esta acción se pueda llevar a cabo durante los próximos tiempos, la realidad es que todo apunta a que la respuesta será la misma por parte de los tribunales. Sin embargo, ante la duda, solo queda esperar a que se consume esta práctica y, al fin, conocer el desenlace de esta historia tan atípica como verdadera.
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