Comercios
¿Me pueden cobrar más por pagar con tarjeta o establecer un importe mínimo?
El uso cada vez más extendido de las tarjetas de crédito o débito como método de pago puede generar controversias entre los negocios y sus clientes a la hora de abonar las compras
Cada vez es más frecuente salir de casa sin dinero en efectivo, ante el mayor uso del móvil y las tarjetas de créditoo débito para realizar los pagos en nuestras compras. La comodidad que nos brinda esta vía, así como la incorporación generalizada de la tecnología en nuestro día a día, hace que esta alternativa se haya convertido en uno de los métodos de pago más utilizados por los ciudadanos, considerado ya como el más seguro, rápido y conveniente.
Así, en este contexto de uso preferente por las tarjetas bancarias como forma de pago, el Banco de España ha recordado cuáles son las buenas prácticas por las que deben regirse los comercios a la hora de cobrar a sus clientes mediante esta vía. Y es que en el caso de que exista alguna duda por parte de los negocios, el organismo aclara que en ningún caso está permitido que apliquen algún tipo de penalización a los clientes que decidan usar dicho método de pago. De este modo, los comercios no pueden cobrar más cuando sus clientes deciden pagar con tarjeta importes mínimos en sus compras.
Igualmente, la institución ha explicado en su portal de cliente bancario que, ante la falta de una normativa donde se especifique si se puede exigir un pago mínimo para efectuar los pagos con tarjeta, no estaría prohibida dicha práctica. Aunque, con el fin de proteger a los consumidores, los negocios deberían anunciar de manera clara y visible, mediante carteles accesibles para el público, por ejemplo, si aplican un mínimo de pago para las operaciones con tarjeta.
Por lo que respecta a los comercios, uno de las argumentos que emplean para defender la implantación de un pago mínimo es que esta medida permite disminuir la cantidad de comisiones bancarias emitidas por cada cobro. Sin embargo, desdeel Banco de España se puntualiza que las comisiones por operación son cada vez "más bajas". De hecho, el 84% de los negocios ya no impone ninguna restricción a la hora de pagar por esta vía, mientras que el 16% restante mantiene la exigencia de un pago mínimo de 11 euros de media.
Posibles sanciones de Visa o MasterCard
Por otra parte, si el comercio acepta el pago con las tarjetas Visa o MasterCard y pretende establecer límites mínimos al pago, podría tener consecuencias negativas, ya que el contrato de afiliación a estos sistemas suele establecer sanciones al dueño del datáfono que actúe fijando un pago mínimo.
Esto demostraría que la decisión de determinar un límite para efectuar los cobros con tarjeta no viene impuesta por las entidades o los sistemas emisores de tarjetas, sino que es una iniciativa que toman los negocios por su cuenta.
¿Los comercios pueden rechazar el pago con tarjeta?
Si acudimos al Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, observamos que dicta que los comercios sí pueden negarse a aceptar el pago con tarjeta bancaria. Ahora bien, es importante recalcar que esta práctica sólo pueden llevarla a cabo cuando el importe sea inferior a 30 euros. En ese caso, el establecimiento puede exigir al cliente que abone su compra con dinero en efectivo si así lo desea.
Asimismo, el comercio tiene la potestad de decidir libremente si aplica este derecho o no. De ese modo, podría prescindir de exigir el pago en efectivo aun cuando el producto o servicio que se consuma disponga de un coste inferior a los 30 euros. En cualquier caso, en el momento en el que se se supere esa cuantía, el local está obligado a aceptar siempre el pago con tarjeta.
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