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Tribunales

Condenados por apropiarse de 7.400 vaginas de plástico

Se trata de dos ex directivos de una empresa de juguetes eróticos que fueron acusados después de una auditoría interna

Audiencia de Sevilla EP

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos exdirectivos de la empresa de juguetes eróticos Fleshlight, con sede en Dos Hermanas, por un delito de apropiación indebida cometido al desviar de las instalaciones de la entidad y hacia su propio acopio personal, 7.400 unidades de un producto imitación de los genitales femeninos.

En una sentencia emitida el pasado 27 de noviembre y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado que a mediados del cuarto trimestre de 2012, el administrador de la empresa gestora de la fábrica de juguetes eróticos Fleshlight, el estadounidense Steven Allen Shubin, contrató una auditoría externa de la empresa para "inspeccionar la contabilidad y fiscalidad de la misma, tomando la decisión" posterior de "despedir a los acusados, despido que tuvo lugar el 18 de diciembre de 2012".

En ese marco, según el relato de hechos probados, los acusados Alejandro M.L., director del Departamento de Producción; y Ramón M.L., director del Departamento de Producción; "se pusieron de acuerdo para hacer acopio, en un total de 22 palets, de determinados productos que se encontraban en las instalaciones de Fleslight, donde dichos acusados desarrollaban sus funciones, todo ello con la finalidad de hacerlos suyos".

"Para ello y en lugar de destinarlos a la cadena de producción propia de la actividad de la empresa, dispusieron su transporte el día 14 de diciembre de 2012 sin ningún otro motivo, hasta una nave sita en Seseña (Toledo), donde fueron recibidos por los encargados a petición expresa de Ramón M.L. en concepto de depósito temporal".

"Asimismo se comprobó por la empresa querellante que los últimos inventarios, en los que constaba dicha mercancía, habían sido borrados. De dichos palets, 20 contenían 7.200 unidades del producto llamado "manga", imitación de los genitales femeninos, producto original y fabricado por Fleslight, a razón de 360 unidades cada palet. Dos palets contenían unidades de envoltorios y packaging", detalla la sentencia, exponiendo que "el valor de reposición del total de dicha mercancía asciende a 32.202,67 euros".

La sentencia también declara probado que Ramón M.L., "con idéntica intención, hizo suyos en fecha no determinada y mantuvo en su propio domicilio un total de 2.160 unidades del producto elaborado, con un valor a coste de reposición, de 11.500,64 euros".

El relato de hechos probados incluye que "en burofax de fecha 23 de enero de 2013, los acusados comunicaron la ubicación de todas estas mercancías, poniendo las mismas a disposición de la empresa querellante Fleslight", tras lo cual "las unidades que se encontraban en la localidad de Seseña (Toledo) fueron trasladadas a las instalaciones de Fleslight tras el acta notarial de 5 de septiembre de 2013 extendida a requerimiento del nuevo gerente de la compañía, quedando desde aquel momento en las instalaciones de la querellante".

Las unidades que se encontraban en el domicilio de Ramón M.L., según la sentencia, "no volvieron a las instalaciones de la empresa querellante".

Dado el caso, el tribunal condena a Ramón M.L. a cinco meses y medio de cárcel por un delito de apropiación indebida con las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas, así como a abonar a la empresa aseguradora Reale 11.500,64 euros más los intereses legales por el pago realizado por esta a la empresa querellante; mientras Alejandro M.L. resulta condenado a cuatro meses de cárcel por los mismos tipos delictivos.