Violencia sexual

Atención homogénea en el Sistema Nacional de Salud frente a las agresiones sexuales

Sanidad y CC.AA aprueban hoy un Protocolo Común que garantice, entre otros aspectos, la recogida, trazabilidad y custodia de muestras y evidencias médicas de las víctimas en los centros sanitarios

Las ayudas irán destinadas a mujeres con pocos recursos económicos
La "Ley del solo sí es sí" garantiza la disponibilidad de personal médico forense en la realización de las pruebas a las víctimas de agresiones sexuales JUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

El Pleno del Consejo Territorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) –en el que está representado el ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas– tiene previsto, entre otros asuntos de su agenda, aprobar hoy el Protocolo Común del SNS para la actuación sanitaria frente a la violencia sexual, al que ha tenido acceso en exclusiva LA RAZÓN.

 Casos como el de la joven de 23 años presuntamente violada por el futbolista Dani Alves hace casi un año pusieron de manifiesto que las guías de actuación, elaboradas hasta entonces mayormente por sociedades médicas y asociaciones de víctimas y afectados, habían calado en la población, y que los centros sanitarios contaban con excelentes protocolos frente a agresiones sexuales para garantizar la protección y el cuidado de las víctimas.

Tanto la joven– que acudió al hospital lo antes posible, «sin ducharse ni cambiarse de ropa» y sin comer nada ni beber agua, para no eliminar muestras biológicas– como los profesionales sanitarios que la atendieron después del suceso en el Hospital Clínico de Barcelona – centro de referencia para atender la violencia sexual en mayores de 16 años, que aplica desde hace años protocolo multidisciplinar dentro del servicio de urgencias que se ocupa de todos y cada uno de los aspectos que hayan podido quedar dañados en la víctima –actuaron de manera ejemplar.

Faltaba homogeneidad

Sin embargo, faltaba homogeneidad a nivel nacional, por lo que el documento que se tiene previsto aprobar hoy viene a armonizar las actuaciones al respecto en las distintas comunidades autónomas. Tal y como se señala la introducción, este Protocolo «tiene el objetivo específico de establecer criterios comunes de actuación profesional, normalizada y homogénea, para el conjunto del SNS». Para ello, «se fijan unos criterios de seguimiento y acompañamiento personalizado de la víctima en el proceso, atención interdisciplinar en cada caso y la coordinación y colaboración con los equipos profesionales de otros sectores (fiscalía, forenses, cuerpos y fuerzas de seguridad, educación y recursos locales, entre otros) que orientan las actuaciones de manera transversal».

También hace especial foco en aspectos como la estandarización de un modelo consentimiento informado en el territorio nacional para la recogida de muestras biológicas y de otras evidencias, la importancia de preservar la cadena de custodia de las mismas o la de contribuir con la implementación de este Protocolo a mejorar la investigación en materia de violencia sexual, con relación a la efectividad y eficiencia de las intervenciones sanitarias.

Cadena de custodia

Tal y como especifica el texto, «cualquier muestra tomada a partir de la víctima, incluso aquellas destinadas a la investigación de infecciones de transmisión sexual, podrá ser utilizada posteriormente en análisis genéticos con fines de investigación criminal o los análisis derivados de las mismas podrán ser considerados como pruebas judiciales». «Por este motivo, la toma de dichas muestras, incluidas las clínicas, debe quedar reflejada en un documento de cadena de custodia que garantice la trazabilidad de estas y de los análisis que de ellas se deriven».

Asimismo, en el Protocolo se explica que la toma de muestras, su empaquetado y transporte, deben cumplir una serie de criterios dirigidos a garantizar la trazabilidad del proceso y a mantener su autenticidad e integridad, que son necesarios para que los resultados obtenidos en los análisis realizados tengan fiabilidad y validez para su posterior presentación como pruebas judiciales.

Remisión de muestras

Una vez realizadas todas la pruebas pertinentes, se deben remitir al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) correspondiente dentro de las primeras 72h y no superando el plazo máximo de 7 días desde el momento de su toma, «con las debidas garantías de conservación y custodia desde su recogida».

En España, según los datos proporcionados por la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género en 2019, el 9% de las mujeres de 16 o más años ha sufrido violencia sexual de una pareja o expareja y un 7,5% ha sido violada por una pareja o expareja. Del total de mujeres de este grupo de edad, el 6,5% ha sufrido violencia sexual en algún momento de su vida de alguna persona con la que no mantiene ni ha mantenido una relación de pareja, el 3,4% lo ha sufrido antes de cumplir los 15 años y un 2,2% ha sido violada alguna vez en su vida. Con respecto a las agresiones en grupo, el 12% de las mujeres que han sufrido violencia sexual fuera de la pareja manifiesta que en alguna de las agresiones sexuales participó más de una persona.