Caso La Manada
El sistema judicial ha prevalecido
Dado que nuestro periódico mantuvo desde un principio que los hechos probados en la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra contra los cinco integrantes de «La Manada» se ajustaban más a la descripción de la violación en grupo de una mujer indefensa e intimidada que a un mero delito de abusos sexuales, no podemos estar más de acuerdo con la decisión del Tribunal Supremo que, ayer, no sólo casó las sentencias precedentes, dictaminando la existencia efectiva de una agresión, sino que refuerza la jurisprudencia existente sobre la violencia presentida por la víctima, como elemento que salva la línea entre la prevalencia y la coacción. En este sentido, la resolución del Supremo debería servir de guía en la reforma del Código Penal, que, en su redacción actual, establece en las conductas contra la libertad sexual un baremo demasiado fino, subjetivo en muchas ocasiones, entre la agresión y los simples abusos. Desde luego, no es la primera vez, ni será la última, que los magistrados del Supremo imponen un criterio que difiere del expuesto en una instancia judicial inferior, sin que ello deba suponer el menor desdoro para la Justicia ni para los jueces actuantes. Todo lo contrario, es la constatación de la validez de un sistema que cuenta con los correspondiente cauces jurídicos preestablecidos, con la vía de los recursos ante un tribunal superior. No se cuestionan, pues, los hechos narrados como ciertos por la primera sentencia de «La Manada», pretensión en la que incurrió uno de los abogados defensores, sino la aplicación del tipo penal, por más que los magistrados del Supremo, respetando escrupulosamente el principio acusatorio, no hayan podido por menos que reprochar, tanto a la Audiencia de Navarra como a la Fiscalía y a las acusaciones particulares, el error en la calificación jurídica de los hechos enjuiciados, que les ha valido a los condenados para afrontar unas penas menores, por un sólo delito continuado, que las que les hubiera supuesto una acusación por diez delitos de violación. Pero, si en definitiva, los mecanismos de nuestra Justicia han prevalecido, no es conveniente obviar que toda esta peripecia no ha venido sólo determinada por la expresión de las legítimas discrepancias con una decisión judicial, sino porque el primer tribunal actuante fue objeto, en el delicado momento de la deliberación, de inauditas presiones tumultarias, de insultos intolerables y de un «linchamiento» mediático que en nada contribuyeron en fomentar la necesaria confianza pública en las decisiones judiciales. Que, ayer, tras conocerse la decisión del Supremo, algunos dirigentes políticos se felicitaran porque, por fin, se había hecho Justicia, dando a entender que la no casación de la sentencia hubiera supuesto lo contrario, no deja de ser preocupante para el reconocimiento público que se debe a los jueces y magistrados y para los principios en los que se sustenta la independencia judicial. Pero, dicho esto, el caso de «La Manada», que, desafortunadamente, no ha sido el único al que se ha enfrentado la sociedad española en los últimos años, ha supuesto, aun con todas sus disonancias, un toque de alarma ante la reiteración de unos comportamientos que se caracterizan por la falta de conciencia del delito de quienes los cometen, que demuestran adolecer de la menor empatía humana, y que agravan el daño para las víctimas por el uso de las nuevas tecnologías móviles. Tiene, sí, un problema serio de formación una sociedad en la que surgen este tipo de individuos que no puede ser corregido exclusivamente por los jueces, pero que exige un reproche penal más acorde con unas conductas despreciables que tienen a los más vulnerables como las víctimas más propicias.
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