CGPJ
La eliminación de los aforados sigue en espera pese al mandato del Parlamento andaluz
Abogados y el magistrado del TSJA Miguel Pasquau abogan por no tomar el «atajo» de suprimir el fuero y sí hacer cambios
Existe quien por razón de su cargo cuenta con una competencia jurisdiccional especial, el fuero. Si se les imputa un delito a alguno de ellos serán juzgados por un tribunal distinto al que les correspondería si no lo tuvieran. En España hay casi 250.000 aforados –232.000 integrantes de los cuerpos de seguridad estatales y regionales y el resto políticos, miembros de las carreras judicial y fiscal, de órganos como el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Estado, Defensores del Pueblo, etc...–, según los últimos datos proporcionados por el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes. Es signo de los tiempos que los partidos políticos encuentren privilegios a suprimir como éste. De hecho, el Parlamento andaluz instó a la Junta en junio de 2016, gracias a una moción de Ciudadanos (Cs), a eliminar los aforamientos a nivel autonómico antes de que se escurra la presente legislatura, con los votos a favor del PSOE-A y de Podemos, más la abstención del PP-A y de IULV-CA. Se trata de una exigencia que se recogía además en el acuerdo programático, en concreto en el bloque de regeneración democrática, que suscribieron PSOE y Cs para permitir la investidura de la presidenta del Gobierno andaluz, Susana Díaz. Si bien, de momento, no se ha hecho nada para materializar esa demanda.
Fuentes de Ciudadanos trasladan a LA RAZÓN que es un asunto en que «no dejan de insistir» a los socialistas en sus «reuniones de control periódicas del acuerdo de investidura» y en el que, «sin lugar a dudas», seguirán haciéndolo y «peleando para que se cumpla». Pero, ¿eran equivocados los motivos por los que se crearon los aforamientos o se ha hecho un mal uso de los mismos? ¿Hay que erradicarlos, como defienden ahora los partidos, o habría que buscar alternativas a esa opción radical? Este periódico ha planteado a fuentes judiciales estas preguntas. El abogado José María Calero asegura «estar de acuerdo» en que se acabe con «los aforamientos masivos que tal como ahora están regulados afectan a miles de funcionarios públicos» y cree que «sólo tendrían sentido para una decena de las más altas autoridades del Estado». Por el contrario, el también letrado Juan Carlos Alférez, estima «plenamente justificada» la protección de la que gozan «los miembros de las cámaras parlamentarias y el resto de aforados» por la «esencial función representativa que desempeñan, pues, sin dudar de la independencia de los órganos judiciales, la garantía de experiencia y buen hacer jurídico que ofrecen las altas instancias colegiadas es de superior nivel», sostiene. «La experiencia de solventes magistrados que ocupan el techo del escalafón judicial, confiere un plus de calidad a la resolución del tema a enjuiciar acorde con la alta dignidad representativa del aforado», insiste. A su juicio, no se puede olvidar que dicha sobreprotección «es institucional», lo es «por razón de la función democrática que desempeñan, pues a nivel personal, podría pensarse que los aforados pierden instancias judiciales, opción de recursos y al cabo, posibilidades defensivas».
Otro abogado, Julio Martínez , se muestra a favor de que se mantengan. Admite que es un «tema controvertido» y apunta que, por serlo, «se da la particularidad de que quien cree algo al respecto, automáticamente piensa que los demás están equivocados si su planteamiento no coincide. Esto ocurre por ir ligada la cuestión jurídica a otra política o ideológica», dice. Recuerda que el aforamiento está vinculado a «la necesidad de ofrecer un plus de protección legal al representante político, a fin de que no pudiera ser detenido por una simple denuncia en un juzgado ordinario, buscada torticeramente por el adversario». Eso sí, aboga por que haya cambios. «Haría imposible –ejemplifica–, el movimiento huidizo de muchos políticos que se ven ante el Tribunal Supremo (TS) y, cuando aprecian que las cosas se ponen feas, para obstaculizar la investigación, dimiten con el fin de que se tenga que cerrar la instrucción, entorpeciéndola y provocando dilaciones y afectando con ello a otros investigados y al bien común», lanza.
A su entender, la modificación debería producirse en el sentido de que el investigado «tuviera que serlo por un único juzgado de instrucción en todos los casos y hasta el final, aún si dimite, atrayendo consigo al resto de los imputados si no pudiera razonablemente crearse una pieza separada». ¿Qué juzgado?
«El central de instrucción –la Audiencia Nacional–», responde, para añadir que «el enjuiciamiento se produciría por la Sala de lo Penal» de ese órgano, con lo que «habría siempre una segunda instancia o casación ante el Supremo». «Es decir, eximiría a ese último tribunal de labores de instrucción, que pasarían a la Audiencia Nacional». Un régimen, una suerte de aforamiento de primer grado, que aplicaría para miembros del Gobierno, del Congreso, del Senado, del CGPJ, de otras instituciones estatales y de los poderes ejecutivo y legislativo regionales. Por lo que respecta a otros cargos como alcaldes o presidentes de Diputación, que ahora no son aforados, apuesta por que sean investigados y enjuiciados por un magistrado del tribunal superior de justicia correspondiente, «reservándose la segunda instancia o casación para el TS».
Precisamente un magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Miguel Pasquau, coincide en que mejor no dar por amortizado a los aforamientos, pese a que «se ha puesto de moda» acabar con ellos como uno de los antídotos contra la corrupción. «Es un discurso demasiado fácil», indica, «y nadie quiere asumir la carga de defender alternativas a su supresión, para no parecer que quiere mantener un privilegio». En su opinión, «los jueces, los diputados y los ministros y consejeros, como miembros de poderes del Estado, deben estar aforados en órganos judiciales predecibles y especialmente resistentes a presiones». «Quizás –matiza– el problema no sea el aforamiento, que no es sino un ajuste inteligente de la separación de poderes, sino la desconfianza en la independencia de los jueces». De hecho, a quienes propugnan su liquidación les anima a visualizar una escena: «Un juez de instrucción que esté de guardia, quizás buscado para la ocasión» y que, «a petición de cualquier acusación popular, puede ordenar la intervención telefónica o la detención de un presidente del Gobierno, un ministro, o un diputado de la oposición». Y concluye: «Tal vez debamos seguir pensando antes de tomar atajos». Con todo, sí hay algo «anacrónico» para Pasquau: «El suplicatorio, es decir, el que las Cortes tengan la facultad de dar o no permiso para que se investigue a un parlamentario».
Las dimisiones pueden producir trastornos
Tres políticos, el ex consejero Luciano Alonso, el actual titular de Economía, Antonio Ramírez de Arellano, y el diputado andaluz del PSOE Carmelo Gómez se han visto envueltos en procesos judiciales siendo aforados en los últimos meses. Alonso, de hecho, dimitió a causa de su procesamiento. En ese sentido, fuentes judiciales apuntan que si esa salida, con la consiguiente pérdida del aforamiento, se produce cuando un magistrado haya indicios suficientes de delito y dicta un auto transformando las diligencias previas en procedimiento abreviado, el proceso «tiene que viajar» a un juzgado de Instrucción, lo cual «produce trastornos» como que el nuevo juez, quien tendrá que dictar el auto de apertura de juicio oral, lo hará «sin haber oído la declaración del investigado», advierten.
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