Varapalo

Archivada la denuncia de María León contra los policías que la detuvieron

La actriz fue detenida el pasado 1 de octubre por agredir, presuntamente, a un policía local de Sevilla

María León, actriz. Entrevista de verano.
María León, actriz. Entrevista de verano.Cristina BejaranoLa Razón

Hace tres meses, la actriz María León fue detenida por haber presuntamente agredido "con un puñetazo y una patada" a un agente de la Policía Local de Sevilla. El Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha desestimado ahora el recurso de reforma que interpuso León contra la decisión previa de sobreseimiento provisional y archivo de su denuncia contra los policías que actuaron en su identificación y posterior arresto por atacar presuntamente a uno de ellos. Una actuación que ella negó asegurando haber sido "víctima de un abuso policial".

La actriz sevillana María León (c) saliendo hoy del Juzgado de guardia de Sevilla para someterse a un juicio rápido tras ser detenida anoche por agredir, presuntamente, a un agente que la conducía a jefatura para ser identificada. EFE/ David Arjona
La actriz sevillana María León (c) saliendo hoy del Juzgado de guardia de Sevilla para someterse a un juicio rápido tras ser detenida anoche por agredir, presuntamente, a un agente que la conducía a jefatura para ser identificada. EFE/ David ArjonaDavid ArjonaAgencia EFE

En el auto emitido el pasado 6 de febrero por dicho Juzgado, y avanzado por el Diario de Sevilla, el juez desestimaba el recurso de reforma de la actriz contra la decisión judicial de archivar su denuncia contra los agentes actuantes en su arresto.

Según el Juzgado, "basta la mera lectura del acto recurrido para desestimar las injustificadas imputaciones de falta de razonamiento jurídico. El auto del 21 de noviembre de 2022 (de sobreseimiento de la denuncia) los contiene sobradamente detallado, considerando y valorando el atestado, los partes médicos y los tres videos que la parte recurrente ha decidido entregar claramente parciales al no contener los hechos acontecidos ni de principio a fin ni en la parte esencial. El auto recurrido contiene pues la argumentación jurídica necesaria y la discrepancia de la parte recurrente con dicha argumentación nunca puede justificar que la ignore".

Según el Juzgado, "el recurso se limita a realizar alegatos genéricos sin descender al caso concreto y sinn rebatir argumentativamente ni una sola de las consideraciones jurídicas del auto recurrido".