Tribunales
Turull pide al Constitucional que suspenda la inhabilitación por el "procés" que le impide ser candidato
Recurre en amparo la negativa del Supremo a aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación por el fue condenado
El exconseller Jordi Turull, condenado a doce años de prisión por el "procés", ha recurrido en amparo la negativa del Tribunal Supremo a aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación por el que fue condenado, lo que mantiene vigente la pena de inhabilitación que le impide ser candidato en unas elecciones.
En el escrito remitido a la corte de garantías, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la defensa de Turull pide además al Tribunal Constitucional que suspenda de forma cautelar esa pena de inhabilitación hasta que se resuelva su recurso.
El secretario general de Junts acusa al Supremo de haber realizado una interpretación "imprevisible, extravagante y analógica" de la amnistía para rechazar que sea otorgada en su caso apoyándose en los dos motivos que excluyen su aplicación, el enriquecimiento personal y que afectase a los intereses económicos de la Unión Europea.
Defiende que en la sentencia de la Sala de lo Penal que condenó su papel en el desafío soberanista catalán no se declararon como hechos probados que obtuviese con la malversación -por la que se le sentenció- un beneficio de carácter patrimonial ni que esta supusiese un perjuicio para los fondos comunitarios.
Por tanto, considera que el Alto Tribunal utilizó para negarle la extinción de sus responsabilidades penales "hechos que no fueron objeto de acusación y que no se debatieron" durante el juicio e incurrió con ello en una vulneración de sus derechos fundamentales, concretamente de dos, a la legalidad penal y a la tutela judicial efectiva y un proceso con todas las garantías.
Por las "consecuencias políticas generales" que para él tiene esta inhabilitación pide que se levante hasta que el Constitucional aclare, como defiende, si su papel en el uso de fondos públicos de la Generalitat para organización del referéndum del 1-O se encuadra en la intención de "reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia" de Cataluña y sería amnistiable.
Turull recuerda que se le condenó porque desde su condición de conseller de Presidencia del Gobierno catalán "adquirió compromisos de pago con proveedores a fin de promocionar y contribuir a la organización" del 1-O
Alude, en este sentido, a modo de prueba, en que en ningún pasaje del fallo se dice que de dichos compromisos el dirigente neoconvergente "obtuviese ningún tipo de ganancia o beneficio personal o pretendiera enriquecerse con ello".
Su defensa insiste en el escrito que "no obtuvo ninguna contrapartida con valor económico" a través del dinero público que se utilizó para la consulta ilegal ya que "en ningún caso llegan a ingresar" en su patrimonio.
Por otro lado, afirma que en la sentencia "tampoco se habla de que tales compromisos de gasto", de los que dice que "en muchos casos no llegaron a hacerse efectivos", afectasen a los intereses financieros europeos.
Es el primero de los sentenciados por malversación en el "procés" que recurre en amparo a raíz de que el Supremo rechazase las apelaciones de otros como Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa, la Fiscalía y la Abogacía del Estados, en los que pedían que se les otorgase el olvido penal a través de la norma impulsada por el PSOE.
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