Tribunales

Ratificada la condena a un guardia civil por acosar a una agente con “comentarios lascivos”

La mujer estuvo tres meses de baja por un “trastorno ansioso depresivo”

Audiencia de Lérida
Audiencia de Léridalarazon

La mujer estuvo tres meses de baja por un “trastorno ansioso depresivo”

Los comentarios “lascivos” de un guardia civil en prácticas a una compañera durante los meses de junio y julio de 2017 en la comandancia de Pont (Lérida) le acarrearon una condena por acoso sexual que acaba de ser ratificada por la Audiencia Provincial de Lérida, que avala que la mujer padeció una “situación de humillación e intimidación” a raíz de esos comentarios, que buscaban “conseguir favores sexuales dada la reiteración en la conducta y las frases obscenas que continuadamente” le dirigía.

La Audiencia desestima así el recurso de apelación interpuesto por el condenado, avalando la pena de multa de 2.100 euros que le impuso la titular del Juzgado número 1 de lo Penal de la capital catalana, así como la indemnización de 4.815 euros a la agente, que estuvo tres meses de baja por un trastorno ansioso depresivo. La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), representada por el letrado Jorge Piedrafita, pidió para el acusado una pena de cinco meses de prisión, una petición a la que se adhirió la Fiscalía.

El tribunal ni siquiera ha entrado en el fondo de los argumentos de la defensa del acosador al dar la razón a la AEGC, que esgrimió que el recurso se había presentado fuera de plazo.

La resolución confirma por tanto íntegramente los hechos probados recogidos en el fallo recurrido, que establece que durante junio y la primera quincena de julio de 2017, el acusado “movido por el ánimo de obtener favores de naturaleza sexual” se dirigió en varias ocasiones a la agente “usando expresiones humillantes como “a ver cuándo hacemos un trío con mi mujer”, “tengo la polla igual que este plátano” (durante un servicio en el aeropuerto de Alguaire por la llegada del Rey y de una ministra) o “soy un lobo en la cama””, llegando incluso a susurrarle un día: “Mañana te voy a violar”. Fue precisamente este último comentario el que decidió a la mujer a denunciar los hechos el 13 de julio de 2017 ante la unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil de Lérida. No lo hizo antes, explicó en su declaración, porque “no pudo ser fuerte y decirlo de forma inmediata” ya que “solo quería que el acusado parara”.

La agente se quejó de que, desde que el acusado (del que era superior jerárquico) se incorporó al puesto de la Guardia Civil de Ponts, siempre se dirigía a ella “de forma relacionada con temas sexuales”, lo que la colocaba “en una situación violenta”. Toda esta situación, explicó en el juzgado la guardia civil (que además tenía formación en temas de violencia de género), le generaba “impotencia”.

La mujer contó que no le bloqueó en Whatsapp porque “no le mandó nada raro” a través de esta aplicación y asimismo negó, como mantuvo el condenado, que fuese ella quien le hiciera esas proposiciones de naturaleza sexual o propiciara las conversaciones. Aunque le contó ciertas cuestiones personales, aseguró, era debido “a la relación de compañeros de trabajo”.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Lérida no apreció contradicciones en el testimonio de la víctima y descartó que el hecho de que “hubiera roto una relación anterior hacía poco tiempo” restase validez al mismo.

Un agente que declaró como testigo en la vista oral explicó que algún comentario del agente a su compañera “le hizo sentir incómodo” y que la notó “cohibida”, y recordó que cuando le explicó que el acosador le había dicho “te voy a violar” ella “se puso a llorar”, por lo que él decidió avisar a sus superiores.

El psicólogo que atendió a la guardia civil explicó además en el plenario que ella se mostraba “mal y preocupada” y que tras escucharla tuvo “el firme convencimiento de que estuvo sometida a una situación de acoso”.

El acusado, por su parte, negó que hiciera comentarios de tipo sexual a su compañera, que atribuyó a la víctima, apuntando a su promiscuidad, algo “negado por todos los compañeros” de la agente. Su relación, dijo era de meros compañeros y que al ser su superior jerárquico la “respetaba”, y más teniendo en cuenta su formación militar.

Tras escuchar todos estos testimonios, en la sentencia se considera probado que el acusado “si infligía un trato degradante humillante a la víctima en el seno de su relación laboral”.

En un comunicado, la AEGC celebra la decisión de la Audiencia de Lérida, con la que el acosador, que “no hace honor ni decoro al uniforme”, queda “definitivamente apartado de la Benemérita” y recuerda que fue esta asociación “la que mantuvo la acusación en todo momento logrando la apertura de juicio oral, pese a que la Fiscalía inicialmente solicitara el sobreseimiento de la causa”. La AEGC reitera que mantendrá su “tolerancia cero con cualquier tipo de agresión o violencia sexual” para que ningún comportamiento similar “quede sin denunciar” y para que los agresores “no queden impunes”.