Política
Los votos del extranjero podrían sumar o restar escaños a los partidos
En algunas circunscripciones la diferencia de votos entre competidores es mínima, por lo que el sufragio de los residentes ausentes (CERA) podría resultar determinante
En algunas circunscripciones la diferencia de votos entre competidores es mínima, por lo que el sufragio de los residentes ausentes (CERA) podría resultar determinante
Las juntas electorales provinciales comenzarán desde este miércoles y hasta el próximo sábado a proceder al escrutinio oficial de los votos de las elecciones generales del 28 de abril, incluyendo ya el voto de los residentes ausentes (CERA) llegado desde el extranjero, del que depende media docena de escaños separados por menos de 1.000 votos.
En concreto, el voto de los españoles residentes en el exterior podría afectar al resultado provisional en nueve provincias, Zaragoza, Álava, Girona, Salamanca, Palencia, Navarra, Baleares y Huelva, y en la ciudad autónoma de Melilla, en las que el último escaño se adjudicó con una diferencia entre candidaturas inferior al millar de votos o levemente superior.
Algunos ejemplos
Así, en Zaragoza, el PSOE ha logrado mantener su tercer escaño por la provincia de Zaragoza en liza con Ciudadanos. Les separaba una diferencia de 77 votos, pero la brecha se hizo más amplia tras lograr los socialistas 751 sufragios por los 527 del partido naranja.
En Álava también se ha confirmado otro escaño, esta vez de EH Bildu. Al PP le separaban 383 sufragios de diferencia sobre el partido de Arnaldo Otegui y, tras proceder al recuento de votos recibidos del extranjero, se ha certificado que Javier Maroto se queda sin escaño tras sumar únicamente 77 papeletas.
En Huelva, Vox podría ganar un sillón más en el Congreso, y llegar a los 25, si consigue 330 papeletas más que Unidas Podemos.
En Navarra, los independentistas vascos deberían sacar 408 votos más para quedarse con el sillón que el domingo se adjudicó al PSOE, mientras que en Palencia los socialistas tendrían que sumar 444 votos más para amarrar el escaño del partido que lidera Albert Rivera. Al revés pasaría en Baleares, donde Ciudadanos podría quitar al PSOE su escaño en caso de reunir 692 votos más.
Por su parte, en Girona, la confluencia catalana de Podemos En Comú, podría hacerse con el escaño de Esquerra Republicana (ERC), que ahora cuenta con 15 sillones en la Cámara Baja, puesto que a ambas partidos sólo les separan 939 sufragios.
Por último, poco más de mil votos, en concreto 1.017, permitirían a los socialistas 'robar' un escaño a los 'populares' en la provincia de Salamanca, y 1.078 sufragios les servirían para hacer lo propio en la ciudad de Melilla.
Antes del sábado
Así las cosas, el voto de los residentes ausentes podría modificar el reparto de escaños actual y, por ende, cambiar por la mínima el juego de la mayorías. En estas elecciones sólo 129.271 de los dos millones de españoles que residen en el exterior han ejercido su derecho al voto, lo que representa una participación de apenas el 6,16%.
Las juntas electorales provinciales comenzarán con el segundo recuento, incluyendo el voto CERA, este miércoles, que deberá estar concluido antes del próximo sábado. La sesión se iniciará a las diez de la mañana en la sede del local donde ejerce sus funciones el secretario de la junta electoral y, al igual que ocurre en las mesas electorales, éste es un recuento público.
Durante este escrutinio, la junta electoral provincial no puede anular ningún acta ni voto, debiéndose limitar a verificar sin discusión alguna el recuento y la suma de los votos admitidos por las mesas, limitándose a subsanar los meros errores materiales o de hecho y los aritméticos. Lo que sí puede hacer es declarar válidos los votos indebidamente anulados por las mesas electorales.
Concluido el escrutinio, los representantes de las candidaturas pueden presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante esa misma junta electoral. Las reclamaciones sólo pueden referirse a las incidencias que hubieran sido recogidas en el acta de sesión de las mesas o se indiquen en el acta de sesión del escrutinio de la junta electoral.
Una vez resueltos todos los recursos, en último término en la Junta Electoral Central, o transcurrido el plazo para su presentación sin que se haya presentado ninguno, se efectúa la proclamación de los candidatos que han resultados electos.
Ese acta de proclamación se extiende por triplicado: una para quedar archivada en la junta electoral correspondiente, otra para el Congreso o el Senado, y la tercera para la Junta Electoral Central, que en el plazo de cuarenta días, ha de publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los resultados generales y por circunscripciones. Además, los representantes de las candidaturas que lo soliciten pueden obtener una copia.
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