Audiencia Nacional
Trapero: «Los Mossos no se pusieron al servicio de los intereses secesionistas»
Recurre el auto de procesamiento por sedición y organización criminal el 1-O
La defensa de Trapero destaca, además, que los Mossos no formaron «parte de la supuesta “compleja y heterogénea” organización a disposición del proceso secesionista.
«No es cierto que el cuerpo de los Mossos d’Esquadra se haya puesto al servicio de los intereses secesionistas, y tampoco es cierto que por mor de esa pretendida connivencia, se hubieran desplegado acciones de vigilancia y contravigilancia a miembros de la supuesta organización que eran seguidos y vigilados en el curso de investigaciones judiciales».
Éste es uno de los argumentos principales que esgrime la defensa del ex mayor de ese cuerpo policial Josep Lluis Trapaero contra el auto de procesamiento dictado contra él por la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, quien le imputa los delitos de sedición y organización criminal. La magistrado le notificó hoy personalmente esa resolución. al igual que al ex director del cuerpo Pere Soler y el exsecretario de Interior César Puig -segundo del exconseller Joaquim Forn- y a la la intendente Teresa Laplana, procesada solo por sedición.
En el recurso de la defensa de Trapero se destaca, además, que los Mossos no formaron en ningún momento «parte de la supuesta “compleja y heterogénea” organización puesta a disposición del proceso secesionista, «ni sometió al Cuerpo policial a dicho proceso».
En cambio, asegura que los Mossos d’Esquadra se sometieron «a las órdenes de jueces, tribunales y Ministerio Fiscal». Por ello, considera imprescindible la necesidad de diferenciar entre los «desiderátums y la voluntad del órgano político» del que dependía, la Consejería de Interior y de quien estaba al frente de la misma, Joaquim Forn, de la actuación del Cuerpo policial, cuya cúpula, con la Mayor a su frente, tuvo siempre una conducta «presidida por el una firme determinación de cumplir con el ordenamiento legal vigente y con las órdenes emanadas del Poder Judicial y la Fiscalía».
En cuanto a los hechos sucedidos la noche del 20 de septiembre de 2017 frente a la Consejería de Economía, cuando una comitiva judicial cumplía una resolución judicial de entrada y registro en la misma, la defensa de Trapero esgrime que ese día lo que sucedió en el mencionado lugar fue una «gran movilización ciudadana con ocupación de la vía pública y unos destrozos inexcusables a los vehículos de la Guardia Civil»; y que, al margen de «algún episodio aislado de lanzamiento de objetos contra los agentes policiales, la concentración fue pacífica y dirigida a manifestar y expresar la oposición a determinadas actuaciones policiales y judiciales». De esta forma, añade en este punto, cuando se produjeron los «momentos de tensión» la respuesta de los Mossos fue «raelizar una carga contra los manifestantes» para poner fin a esa situación. De esta forma, «no concurrió por parte de los Mossos d’Esquadra” y, concretamente, por parte de Trapero, «una omisión dolosa de auxilio a la comitiva judicial y a la Guardia Civil».
La conclusión al respecto es que, a juicio de la defensa, «todas y cada una de las peticiones que se fueron realizando por la Guardia Civil fueron valoradas y atendidas de acuerdo con las concretas circunstancias concurrentes en cada momento»: «Si no se desalojaron y dispersaron las personas congregadas con el fin de posibilitar un pasillo por el que pudieran acceder los detenidos en vehículo y si no se realizó un cordón de protección y retiraron los vehículos de la Guardia Civil hasta la madrugada del día 21 de septiembre, no fue por una voluntad maliciosa de obstruir la diligencia de entrada y registro o de impedir los daños de los mencionados vehículos policiales», sino por una «absoluta imposibilidad de llevar a cabo esas actuaciones ante la presencia de una masa compacta de gente que impedía los movimientos y la actuación policial».
✕
Accede a tu cuenta para comentar