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País Vasco

La «vía Casanova» de Otegi para ser candidato pese a estar inhabilitado

Tras salir de la cárcel apelará al precedente del diputado de Bildu, Iker Casanova, que también fue inhabilitado sin especificar a qué cargo

Otegi quiere encabezar la lista de Sortu en las próximas autonómicas vascas larazon

Tras salir de la cárcel apelará al precedente del diputado de Bildu, Iker Casanova, que también fue inhabilitado sin especificar a qué cargo

La Audiencia Nacional ratificó el pasado enero que Arnaldo Otegi –que recuperará su libertad en las próximas horas tras cumplir su condena a seis años y medio de prisión por el «caso Bateragune»– está inhabilitado para ejercer un cargo público hasta el 28 de febrero de 2021, pero el ex portavoz de Batasuna tiene previsto encabezar, pese a todo, la lista electoral de Sortu en las próximas elecciones autonómicas vascas. Y lo hará confiado en la «vía Casanova», el etarra condenado a siete años y medio de prisión y, al igual que Otegi, a una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público, en su caso hasta noviembre de 2016, que sin embargo no le impidió tomar posesión en 2014 como diputado de Bildu en el Parlamento vasco en sustitución de Laura Mintegi.

El precedente al que piensa agarrarse Otegi está avalado por la Fiscalía General del Estado, que el pasado año rechazó una denuncia de Dignidad y Justicia (DyJ) contra Iker Casanova por quebrantamiento de condena por un mero defecto de forma: ni la Audiencia Nacional ni el Tribunal Supremo (TS) habían especificado en sus sentencias a qué cargos afectaba la inhabilitación especial, tal y como exige el Código Penal. El ex dirigente batasuno, en la misma situación, confía en que ese precedente avale su designación como candidato, ante la que en todo caso las asociaciones de víctimas no piensan cruzarse de brazos.

La defensa de Otegi ya esgrimió ese antecedente el pasado diciembre ante la propia Audiencia Nacional en un recurso de súplica en el que reclamaba que la pena de inhabilitación quedase sin efecto al no haber especificado la sentencia el empleo o cargo público afectados. Su representación letrada hacía referencia a dos autos del Supremo, de junio y julio del pasado año, en los que el Alto Tribunal insistía en la obligación de determinar en sentencia «los empleos, cargos u honores sobre los que recae la inhabilitación». Ese «requisito legal imprescindible» impide, según Otegi, que la pena «pueda ser llevada a efecto», pues las «interpretaciones extensivas o analógicas» sólo generan, se quejaba su defensa, «inseguridad y vulneran el principio de legalidad».

La Audiencia ratificó la medida

Pero la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, presidida por la magistrada Ángela Murillo, rechazó, a instancias de la Fiscalía, la pretensión del ex dirigente batasuno y le reprochó que hubiese guardado silencio al respecto hasta el pasado diciembre, sin recurrir ni la firmeza de la sentencia ni la providencia del cálculo de la pena de inhabilitación especial.

Y es que aunque en mayo de 2012 el Tribunal Supremo rebajó de diez a seis años y medio de prisión la condena a Otegi, al no considerarle dirigente de ETA, sí mantuvo «la inhabilitación especial acordada por la Audiencia por el tiempo de las respectivas condenas». De este modo, avalaba la inhabilitación especial para empleo o cargo público durante una década, aunque, como la Audiencia Nacional, sin especificar a que cargos afectaba.

El Supremo sí hizo esa aclaración, en julio del pasado año, respecto a ocho condenados a penas de inhabilitación especial en el juicio de las «herriko tabernas» (entre ellos los ex dirigentes batasunos Joseba Permach, Rufi Etxeberria y Joseba Álvarez). En un auto de aclaración, la Sala de lo Penal atendió la petición de Dignidad y Justicia y especificó que la pena incluía la prohibición de ocupar cargos públicos «de naturaleza política por elección ciudadana a nivel local, autónomo, estatal o supranacional», pero no la hacía extensible a cualquier empleo en la Administración.

El precedente de Iker Casanova es ahora la última baza de Otegi para ser candidato a lendakari en los próximos comicios vascos, una posibilidad avalada el pasado enero en una entrevista a Onda Cero por el mismísimo fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro.

Casanova fue condenado a once años de cárcel por pertenencia a ETA, y a otros tantos de inhabilitación, en el «macroproceso» al entorno de ETA –el conocido sumario 18/98–, aunque posteriormente el Tribunal Supremo rebajó esa pena a siete años y medio de prisión. Salió de la cárcel en noviembre de 2011 y se presentó en la lista electoral de EH Bildu por Vizcaya en las autonómicas vascas de 2012. Aunque no resultó elegido, sustituyó a Laura Mintegui dos años después cuando la portavoz parlamentaria renunció a su escaño para regresar a la universidad.

Pese a estar en vigor la pena de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, Casanova no tuvo impedimento alguno para tomar posesión como parlamentario autonómico y la denuncia de la asociación que preside Daniel Portero se topó con la imposibilidad de ejecutar esa inhabilitación especial por falta de concreción de los cargos afectados. Portero ya alertó a la Audiencia Nacional en septiembre del pasado año de que casi medio centenar de presos de ETA podrían sortear sus inhabilitaciones por este motivo.