
Polémica
Jueces del TC alertan del alcance de la reacción de Pumpido por los ERE: "Prepara el terreno para la amnistía"
Fuentes del tribunal advierten de que el objetivo es impedir que el Tribunal Supremo plantee una cuestión prejudicial si el TC avala la ley

La posibilidad de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) examine si la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula las condenas por el fraude de los ERE es contraria al derecho de la Unión ha hecho reaccionar al presidente de la corte de garantías. Cándido Conde-Pumpido ha decidido ya –según trasladó ayer al resto de magistrados en el Pleno del TC– reclamar a la Audiencia de Sevilla la providencia en la que abrió la vía a dejar en manos de la Justicia europea esa resolución, algo que según el presidente del Constitucional pone en entredicho la jurisdicción del tribunal.
Según las fuentes consultadas, ese paso al frente va encaminado a activar el procedimiento de ejecución de sus sentencias que habilita el artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), un mecanismo en vigor desde que en 2015, con el Gobierno de Mariano Rajoy, se reformó la ley para dotar al tribunal de capacidad ejecutoria, después de que la Generalitat eludiera su mandato de no celebrar la consulta soberanista del 9 de noviembre del año anterior. Desde ese momento, el TC tiene capacidad de velar «por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones», dejando en sus manos «las incidencias de la ejecución» de las mismas. Del mismo modo, le faculta para declarar la nulidad «de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó».
De esta forma, se intenta impedir que el TJUE determine si la sentencia de la corte de garantías –que anuló las condenas por el fraude de los ERE, entre otros a los expresidentes socialistas de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves– contraría el derecho comunitario sobre el control del gasto público (malversación) y la lucha contra la corrupción política.
"Es una torpeza"
«Es una torpeza», «una metedura de pata», señalan voces discrepantes en el TC sobre la pretensión de Conde-Pumpido, que según ponen de manifiesto «es atribuible a la soberbia intelectual de alguien acostumbrado a debatir solo consigo mismo». Esas mismas fuentes responsabilizan al presidente del Constitucional «de la deriva del TC» y de lo que consideran un paso más en su deterioro institucional.

Pero fuentes del tribunal van más allá y consideran que de esta forma se está «preparando el terreno para la amnistía» ante la posibilidad de que el Tribunal Supremo, si el TC finalmente avala la constitucionalidad de la polémica ley, decida acudir a la Justicia europea por los mismos motivos que la Audiencia de Sevilla: considerar que ratificar la medida de gracia va en contra del derecho comunitario respecto al control del gasto público y la lucha contra la corrupción.
Cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rechazó, en julio del pasado año, aplicar la amnistía al delito de malversación por el que fueron condenados los principales líderes del "procés" -entre ellos el líder de ERC, Oriol Junqueras- también descartó plantear una cuestión prejudicial, como pidió Vox, de forma alternativa. Los magistrados expusieron que para dar ese paso es necesario albergar dudas sobre la compatibilidad de la ley con el derecho europeo, algo que no apreciaban en la medida en que el tribunal concluyó que la amnistía no es aplicable al delito de malversación porque la propia norma es la que decide "no perdonar aquellos delitos que afecten a los intereses patrimoniales de la Unión Europea".
De ahí que la Sala señalara que "no podemos suscitar una cuestión prejudicial que plantee al Tribunal de Justicia si es correcto lo que correctamente ha decidido el legislador nacional al aprobar la Ley de Amnistía, esto es, excluir de todo perdón los delitos que puedan afectar a los intereses financieros de la Unión".
El Supremo dejó una puerta abierta
No obstante, según subrayan esas mismas fuentes, deja una puerta abierta al planteamiento de esa cuestión prejudicial (que sí ha formalizado el Tribunal de Cuentas). Tras apuntar que "solo el tribunal que entienda aplicable la amnistía al delito de malversación habrá de plantearse si la secesión" habría afectado, "aunque lo fuera en grado de mera tentativa, a la Renta Nacional Bruta Estatal y por ende al presupuesto comunitario". Y, sobre todo -añadía la Sala-, "si tras esa afectación la amnistía no entra en directa colisión con el artículo 325 del Tratado Funcional de la Unión Europea y la Directiva 2017/1371 de
protección de los intereses financieros". Es entonces, precisaba, "cuando el planteamiento de la cuestión prejudicial adquiere pleno sentido, sobre todo, cuando resuelve un tribunal cuya decisión no es susceptible de ulterior recurso conforme al derecho interno", refiriéndose de forma directa al Tribunal Constitucional.
De ahí que magistrados del TC consideren que, más allá de cerrar la puerta a que la Audiencia de Sevilla acuda al TJUE para que este determine si las sentencias del TC sobre los ERE van en contra del derecho de la Unión en lo que respecta a la lucha contra la malversación y la corrupción política, lo que pretende Conde-Pumpido es sentar doctrina ante una posible actuación similar del Supremo respecto a su sentencia sobre la amnistía.
De hecho, en previsión de que este asunto termine en el Pleno, magistrados conservadores ya están haciendo acopio de la jurisprudencia del TJUE que destaca la primacía del derecho europeo, en las que incluso supedita a esa preeminencia las sentencias del tribunal constitucional del país de turno.
La comparación con el "procés"
Las fuentes consultadas señalan que en el Pleno celebrado ayer, Conde-Pumpido comparó la negativa de la Audiencia de Sevilla, nueve meses después, a dictar una nueva sentencia de los ERE con lo sucedido en Cataluña en 2017, cuando la Generalitat y la Mesa del Parlament desobedecieron al TC celebrado el referéndum independentista del 1-O y tramitando las mociones independentistas, respectivamente. Fuentes del TC muestran su perplejidad por el hecho de que su presidente comparase la actuación de un tribunal «con la de unos golpistas». En ese contexto, añaden, la magistrada progresista María Luisa Balaguer defendió que, como en aquella ocasión, en todo caso la respuesta del Constitucional en este caso debería ser unánime.
Conde-Pumpido introdujo este debate, al margen del orden del día, después de comentar que llevaba «cuatro días dándole vueltas al asunto», apuntan esas mismas fuentes, para las que impedir a la Audiencia de Sevilla acudir al TJUE supone «una violación grave, consciente y deliberada del derecho de la Unión».
La Audiencia de Sevilla ha abierto hace solo unos días el procedimiento para llevar al TJUE esa polémica sentencia, que reinterpretó el fallo del Tribunal Supremo y obliga ahora a dictar un nuevo fallo que, de acatar los argumentos del TC sobre los delitos de prevaricación y malversación, reduciría drásticamente las condenas a los exresponsables políticos del fraude de las ayudas de empleo.
En particular, la Audiencia de Sevilla considera que la sentencia del TC puede ir en contra del derecho comunitario que persigue la malversación como estandarte de la lucha contra la corrupción política. Pero el presidente del TC considera que acudir a la Justicia Europea socava la jurisdicción del Tribunal Constitucional.
Como ha hecho con la Audiencia de Sevilla, el Tribunal Constitucional también ha pedido –por decisión de Conde-Pumpido– al TSJ de Madrid información sobre su intención de llevar al TJUE una discrepancia sobre la aplicación de un laudo arbitral. Pero el tribunal madrileño le ha comunicado que ha elevado ya a la Justicia europea una cuestión prejudicial. Algo que podría hacer también a la carrera (todavía no ha expirado el plazo de alegaciones de las partes) la Audiencia sevillana, lo que en principio dejaría fuera del ámbito del TC esa cuestión prejudicial.
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