"Procés"
La Fiscalía recurre el "no" del juez Llarena a amnistiar a Puigdemont
Entiende que no hubo ni enriquecimiento ni daño al interés de la UE en la malversación a perdonar del expresident aún prófugo
La Fiscalía ha recurrido formalmente la negativa del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena a aplicarle la Ley de Amnistía al expresident Carles Puigdemont porque, entiende, no hubo ánimo de enriquecerse a nivel personal ni tampoco perjuicio a los intereses financieros de la Unión Europea.
Estas dos razones son las que alegó el juez para negar su perdón acogiéndose así al par de supuestos que son las excepciones en las que no se puede amnistiar la malversación de la que se acusa al líder independentista prófugo por su papel en el "procés".
La fundamentación jurídica del recurso pasa por negar tajantemente que en el uso del dinero público de la administración catalana que presidía Puigdemont para organizar el 1-O hubiese un "propósito de enriquecimiento patrimonial propio" o de "su fortuna personal" por parte del expresident.
Defiende la Fiscalía, en este sentido, que no está demostrado que la malversación que no niegan fuese con ánimo "superpuesto y deliberado de enriquecerse personalmente" ya que, señalan, se usó irregularmente dinero público para sufragar la consulta ilegal del "procés" y la propaganda previa de la cita por parte de la Generalitat.
"Sin embargo, si así hubiera sido, si hubieran satisfecho los gastos derivados del proceso independentista con su fortuna personal, no existiría el delito de malversación por el que están encausados, por el que otras personas han resultado condenadas y no se estaría hablando de la posible tales delitos", señalan los fiscales en el escrito del recurso al que ha tenido acceso LA RAZÓN, aludiendo a que, si se sigue la justificación de Llarena para negar la amnistía a Puigdemont, deberían alernativamente haber pagado los gastos de los hechos de 2017 de su propio bolsillo.
En cuanto a que se hubieran empleado fondos comunitarios para tal fin, sostienen que "no hay constancia alguna de que el capital gastado en la realización del referéndum procediera" total o parcialmente de recursos financieros de la Unión Europea, ni que hubiera un efecto "lesivo" para los intereses económicos de Bruselas.
El Ministerio Público expone así en su recurso de reforma la "discrepancia" con el criterio del juez al entender que "no se ajusta a derecho".
La reclamación vía judicial para que Puigdemont sí sea beneficiario de la amnistía también incluye al exconseller catalán Toni Comín, fugado también en Bélgica, y el ahora diputado neoconvergente -ausente- del nuevo Parlament Lluís Puig, que se encuentra también fuera de España para evitar las consecuencias legales del desafío soberanista.
Asimismo, la Fiscalía reclama que con la aplicación de la Ley de Amnistía decaigan las órdenes de detención nacional que mantienen activas los tres encausados.
El recurso lleva la firma de la teniente fiscal jefe del Supremo María Ángeles Sánchez Conde y del fiscal jefe de lo Penal Joaquín Sánchez-Covisa, y es subsidiario de apelación.
Por lo que este primer recurso lo tendrá que resolver el propio juez Llarena, pero el previsible que le sucederá irá a parar a la Sala del Supremo que se encarga de apelaciones.
Lo mismo para Junqueras
De igual forma, estos dos fiscales han pedido a la Sala de lo Penal del TS a través de otro recurso que vuelvan a analizar los hechos y, como piden, Oriol Junqueras, condenado como vicepresidente de la Generalitat del "procés", sea un beneficiado más de la Ley de Amnistía, así como Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
El Ministerio Público defiende que la malversación por la que fueron condenados no afecto a los intereses de la UE porque "todos los fondos malversados pertenecían a la Generalitat" y que estos cuatro implicados el desafío independentista "no pretendieron la secesión" de Cataluña.
Solo en ese caso, según el criterio de la Fiscalía, se podría resolver que sí que "hubiera habido una afectación a los intereses financieros" de la Unión Europea "si se hubiera culminado con éxito la independencia de Cataluña" y pudiesen haber experimentado, consecuentemente, en Bruselas "una disminución de sus ingresos".
En definitiva, el Ministerio Público pide también el perdón de sus cargas penales -con el sobreseimiento libre de las actuaciones- por el 1-O para estos dirigentes independentistas porque, en todo caso, estos actos es preciso que "sobre ello nada se instruyó, nada fue objeto de acusación, de condena".
Y, asimismo, que hubiesen sido "tipificados" como un delito de perjuicio al interés económico de la UE y "es incuestionable que ello no acontece".
Ambos recursos, en todo caso, van a ser estériles en su objeto ante el Alto Tribunal y lo esperable es que el asunto acabe ante el Constitucional, que será el tribunal que de manera última asuma la decisión de si cabe o no amnistiar a los políticos catalanes que hace seis años hicieron el "procés".
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