Testifical
"Caso Begoña Gómez": las acusaciones populares instan al juez a aclarar cómo asistirán a la declaración de Pedro Sánchez
Piden a Peinado "especificar el modo dispuesto para el desarrollo de la prueba" prevista para el próximo martes en Moncloa
Las acusaciones populares han pedido al juez que investiga a Begoña Gómez que aclare de qué manera van a asistir a la toma de declaración como testigo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el próximo martes en el Palacio de la Moncloa.
Los letrados de Vox, Manos Limpias, Iustitia Europa, Hazte Oír y Movimiento Regeneración Política de España han presentado un escrito al instructor, el magistrado Juan Carlos Peinado, en el que le solicitan una "aclaración" en relación a la toma de declaración del "esposo de la investigada", instándole a "especificar el modo dispuesto para el desarrollo de la prueba acordada en relación con las acusaciones populares", que reivindican su derecho a estar presentes en la testifical de forma presencial o, en su caso, por videoconferencia, según fuentes de la acción popular.
Según esas mismas fuentes, la presencia de todas las partes es esencial para garantizar el principio de contradicción y hacen hincapié en que, como ha sucedido con el resto de comparecencias, aunque sea la letrada de Vox, Marta Castro, la única habilitada para hacer preguntas en representación del resto (al haber sido la primera acusación en personarse en la causa tras abonar la fianza impuesta por el juez, pese a que fue la denuncia de Manos Limpias la que dio origen al procedimiento), a la diligencia deben concurrir el conjunto de las acusaciones populares, para tener la oportunidad -en su caso- de trasladar a su compañera posibles preguntas al testigo.
En el escrito remitido al instructor, las acusaciones populares le piden que tenga por "solicitada la aclaración en relación a la prueba testifical prevista para el próximo día 30 de julio de 2024, con suspensión del plazo para en su caso, interponer los recursos que en derecho procedan hasta la resolución de la aclaración planteada".
Peinado acordó tomar declaración a Pedro Sánchez en su despacho del Palacio de la Moncloa al considerar que los hechos sobre los que va a ser interrogado -las reuniones del empresario Juan Carlos Barrabés a la residencia presidencial para verse con Begoña Gómez, a dos de las cuales habría asistido- no están relacionados con el ejercicio de su cargo.
El magistrado ha dado los primeros pasos para grabar la comparecencia, al ordenar a los servicios informáticos de la Comunidad de Madrid que acudan, junto a la Policía Judicial, a Moncloa para instalar "los dispositivos necesarios para que la citada prueba documental sea recogida en el correspondiente soporte de grabación" y que dos técnicos informáticos estén presentes por si surge "algún incidente".
El artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) exime al presidente del Gobierno "de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar". En caso de ser citado como testigo, como sucede en este caso, el jefe del Ejecutivo puede "informar por escrito", pero únicamente sobre los hechos de los que tenga conocimiento "por razón de su cargo". En caso contrario, dispone que lal comparecencia se lleve a cabo "en su domicilio o despacho oficial", para lo que el instructor se "pasará al domicilio o despacho oficial de la persona concernida, previo aviso, señalándole día y hora".
Al estar investigada su mujer, Pedro Sánchez puede esgrimir la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para no declara en su contra, dado que este precepto exime de testificar, entre otros, a "los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial". En cualquier caso, aunque el juez le advierta de que "no tiene obligación de declarar en contra" de su esposa, "puede hacer las manifestaciones que considere oportunas".
No obstante, fuentes de las acusaciones populares recuerdan que "hay tres imputados en la causa" -además de Begoña Gómez, el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, y el e empresario Juan Carlos Barrabés-, por lo que según apuntan Pedro Sánchez no podría ampararse en esa dispensa al no tener relación de parentesco ni de amistad o enemistad con ambos. Si pese a todo se negase a declarar, apuntan que el juez podría, en su caso, deducirle testimonio por desobediencia.
El presidente del Gobierno también puede intentar declarar por escrito, una posibilidad que la Lecrim reserva únicamente a aquellos testigos que sean interrogados sobre hechos ajenos al ejercicio de su cargo, algo que según el juez Peinado no sucede en este caso. Pero Sánchez puede esgrimir que se reunió con los empresarios en el Palacio de la Moncloa en su calidad de presidente del Gobierno.
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