Terrorismo
Abogados de víctimas de ETA, contra la reforma del Gobierno: "Se quitan años de cárcel a los etarras por la puerta de atrás"
Los letrados asumen que el cambio legal que acelera su excarcelación "es un mazazo", pero creen que era "perfectamente evitable"
La reforma legislativa que acelera la excarcelación de casi medio centenar de históricos etarras –que el Gobierno ha sacado adelante mediante una enmienda que ha pasado desapercibida para la oposición– ha supuesto un duro «varapalo» para los abogados que llevan media vida bregando en la Audiencia Nacional en defensa de las víctimas de la banda terrorista. La trasposición al derecho español de una decisión marco sobre el intercambio entre los estados de la Unión Europea de información de antecedentes penales ya se llevó a cabo hace casi una década –y fue avalada tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)–, pero hasta ahora frenaba el reconocimiento de las penas cumplidas en Francia por los etarras condenados antes de 2010, lo que impedía que se acelerara la excarcelación de históricos miembros de la banda criminal, entre ellos Javier García Gaztelu, «Txapote» –condenado, entre otros, por el asesinato de Miguel Ángel Blanco–; María Soledad Iparraguirre, «Anboto»; José Javier Arizkuren Ruiz, «Kantauri»; y Félix Alberto López de Lacalle, «Mobutu». Sin embargo la derogación de esa enmienda que servía de dique para el adelanto de su salida de prisión hará ahora realidad esas excarcelaciones prematuras, una vez reducido del tope legal de 30 años el tiempo que pasaron en cárceles francesas, una de las históricas reivindicaciones de los terroristas y del entorno proetarra.
La reforma, cuyas consecuencias para los exmiembros de ETA ni PP ni Vox acertaron a adivinar, ha sembrado la desazón entre los abogados de las víctimas tras una intensa labor jurídica de muchísimos años en defensa de la memoria y dignidad de quienes sufrieron en primera persona el desgarro del terrorismo. LA RAZÓN se ha puesto en contacto con algunos de ellos para recabar sus impresiones sobre una modificación legal que no consideran que fuese inevitable y que, admiten, ha supuesto «un jarro de agua fría» para ellos, al constatar que a algunos terroristas les saldrá «casi gratis» o «a mitad de precio» los actos terroristas por los que han sido condenados en España. «Anboto» es el caso más paradigmático, pues permaneció encarcelada en el país vecino más de 15 años antes de ser entregada a nuestros país en 2019.
Antonio Guerrero, abogado de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), asegura que la reforma le produce «mucha desazón» y la sensación de que supone «mucho trabajo y tiempo perdido». El letrado califica de «grosera» la modificación legal. «No veo un aspecto jurídico que la justifique. Se argumenta que hay que adaptarse al derecho europeo, pero la decisión marco se adoptó hace muchos años y ya se adaptó al derecho nacional con excepción de las sentencias anteriores a 2010», señala. Tras recordar que esa interpretación fue respaldada por el Supremo, el Constitucional y el TEDH, Guerrero hace hincapié en que en España se condenó a los terroristas «por unos hechos distintos a los que motivaron sus condenas en Francia, donde les juzgaban solo por asociación de malhechores». De ahí que defienda que únicamente se les debe descontar las penas a los que hayan sido condenados aquí por integración en organización terrorista. El abogado de la AVT recuerda que tras cometer atentados los terroristas «se trasladaban a Francia, donde entonces había una respuesta penal más laxa, evitando la presión policial y judicial en nuestro país».
Para el letrado, este cambio legal «supone asumir los argumentos de la defensa de los etarras. Su aspiración era conseguir esto». Guerrero recuerda haber escuchado a «Anboto» en más de un juicio repetir la misma cantinela ante el tribunal: «A mí ya me han condenado en Francia». Mismo argumento que hasta ahora ha esgrimido sin éxito José Antonio Urrutikoetxea, «Josu Ternera», para intentar eludir su procesamiento por el atentado en la casa cuartel de la Guardia Civil en Zaragoza en 1987, en el que once personas, seis de ellos menores de edad, fueron asesinadas.
«No sé si es la mayor victoria judicial de los terroristas de ETA, pero está al mismo nivel que lo que consiguieron con la derogación de la ‘‘doctrina Parot’’. Dejando al margen a cuántos etarras afecte, respecto a las víctimas supone exactamente lo mismo», afirma el letrado.
Antonio Guerrero (AVT)
«Es un jarro de agua fría ver cómo se minimiza el trabajo que hemos hecho durante años para reunir pruebas para condenar a los terroristas. No es que toda esa labor se haya tirado a la basura, pero casi», lamenta. El abogado de la AVT se queja de que «si ya de por sí cumplen pocos años de cárcel en relación a la gravedad de los hechos por los que fueron condenados, encima los que fueron condenados por el Código Penal de 1973, que no sé si afectará a alguno, como se beneficiaban de las redenciones por trabajo ves cómo tras ser condenados a penas que suman mil años de cárcel cumplen menos de 20...».
«Es un varapalo no solo a nivel jurídico, por cómo puede afectar a los procedimientos abiertos en España de etarras con penas cumplidas en Francia, sino sobre todo un varapalo emocional», reconoce Vanessa Santiago, abogada de la asociación Dignidad y Justicia (DyJ). «Después de 18 años en la defensa de las víctimas del terrorismo –afirma–, al ver estos despropósitos llegas a interiorizar su desolación e incomprensión».
Para la letrada, la reforma era «absolutamente evitable jurídicamente hablando, pues la trasposición de esa decisión marco de 2008 ya se hizo mediante la Ley Orgánica 7/2014 con ese límite temporal previsto en la disposición adicional y fue avalada no solo por el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, sino también por el TC en 2016 y por el TEDH en octubre de 2018». Este último tribunal, recuerda, «desestimó el recurso interpuesto por un etarra contra una sentencia del Tribunal Supremo que no tuvo en cuenta las condenas cumplidas en Francia». Por tanto, insiste, esa modificación legal «no era necesaria, pues la actual regulación cuenta con el aval tanto de los tribunales españoles como de los europeos».
Vanessa Santiago (Dignidad y Justicia)
«No era inevitable», coincide Antonio Guerrero, que aprecia en la reforma –sin citar expresamente las cesiones del Gobierno a EH Bildu– «una fundamentación que no es jurídica ni de acomodar nuestro ordenamiento al derecho europeo». «ETA ya no mata, ha desaparecido, pero «¿eso justifica que se les recorte las condenas?». El letrado de la AVT afirma que jurídicamente puede llegar a entender que en esta tesitura «razones de política criminal justifiquen un acercamiento de los presos desde que ETA no mata, pero esto es distinto porque supone que vamos a quitarles años de cárcel por la puerta de atrás».
En esa misma línea, Carmen Ladrón de Guevara, abogada especializada en la defensa de las víctimas del terrorismo, asume que este repentino cambio legal «es un mazazo para los que llevamos años trabajando para hacer justicia a las víctimas del terrorismo ante los tribunales». «Y más en el caso -añade- de los abogados que hemos defendido lo contrario tanto en la Audiencia Nacional como en el Tribunal Supremo o incluso ante el Tribunal de Derechos Humanos».
Carmen Ladrón de Guevara
Para Ladrón de Guevara, la reforma era «perfectamente evitable». «La clave es que en el texto legal inicial no iba la derogación de la disposición adicional y se introdujo vía enmienda», recalca. «Ahora deberemos analizar caso por caso las circunstancias de cada supuesto y estudiar si hay alguna opción de recurso ante las decisiones judiciales que acuerden el cómputo de las penas francesas», asegura respecto a la aplicación de la reforma a los terroristas afectados.
Para José María Fuster-Fabra, abogado de la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), la medida supone también «una gran contrariedad, porque es una vieja reivindicación de los terroristas más sanguinarios cuyas excarcelaciones son las más difícilmente justificables ante la opinión pública y que para sus defensas eran el principal problema».
«Es verdad que la directiva europea existe, pero no incluye ese criterio de automatismo que se va a establecer en España con el despiste monumental de la oposición», apunta el letrado, para quien «desde un punto de vista técnico habría que hacer una análisis más profundo». «El delito de asociación para delinquir, por el que muchos de ellos han estado en prisión en Francia, es un delito equivalente en España al de pertenencia a una organización criminal –argumenta el abogado de ACVOT–, pero cosa distinta es la aplicación a delitos concretos por los asesinatos que hayan podido cometer los terroristas».
José María Fuster-Fabra
Fuster-Fabra considera que «tal y como parece que se va a aprobar el texto, va a ser muy difícil conseguir que no se aplique». No obstante, matiza, «habrá que analizarlo bien caso por caso para tratar de evitar su aplicación, aunque la trampa está en el propio contenido del texto que han introducido con el despiste de la oposición».
Coincide con esa apreciación el letrado de la AVT, que ve «complicado» que pueda revertirse la situación tras la entrada en vigor del cambio legal. «No parece que sea una cuestión interpretativa», afirma resignado Guerrero.