Derecho
La Academia de la Jurisprudencia debate sobre la ley de la Corona
Presenta un libro que reflexiona sobre la inviolabilidad, el refrendo, la inhabilitació o la lealtad
El presidente del Gobierno abrió la puerta a una ley de la Corona cuando, en la rueda de prensa de balance de final del año 2020, avanzó que el Rey estaba «trabajando», con el apoyo de Moncloa, en una «hoja de ruta» basada en la “renovación de la Corona en cuanto a la transparencia y la ejemplaridad”. Entonces, el presidente del Gobierno fue deliberadamente ambiguo e impuso prudencia al proceso. «Paso a paso», dijo a las preguntas de los periodistas que demandaban mayor concreción. En el imaginario de todos se ubicó una suerte de Ley de la Corona, sin embargo, el Gobierno cerró la puerta en junio del año pasado a ello: «No se puede abrir ese melón».
Pero... ¿es posible? La Real Academia de la Jurisprudencia y Legislación Española acogió ayer a la presentación del libro “¿Una ley de la Corona?” (Thomson Reuters Aranzadi) de Luis María Cazorla y Manuel Fernández-Fontecha que presentaron mediate un coloquio en el que participaron José Antonio Zarzalejos, que además moderó, Manuel Aragón y Diego López Garrido donde reflexionaron sobre ello.
El libro disecciona con «maestría jurídica» el título II de la Constitución. Lo hace con el fin de llegar a conclusiones «solventes» ante la posibilidad de que sea susceptible de reformarse. Responde así a una preocupación: articular lo que dice la Constitución o, en el otro extremo, «no hacer nada».
Durante el debate compararon la legislación española con la de otras monarquías, especialmente con de Reino Unido y hablaron sobre la «inviolabilidad» del Rey. Por un lado, Diego López Garrido indicó que «es un tema fundamental que creo que no está bien resuelto en la Constitución». Se mostró de acuerdo con la tesis que se mantiene en la doctrina del TS de que «la inviolabilidad que está en la Constitución es indestructible», de manera que el monarca no puede ser procesado, porque los constituyentes quisieron que fuera así. Sin embargo, indicó que «deberíamos plantearnos lo que dice el juez británico: «¿Qué pasaría si al Rey le da un día por disparar a una persona o robar en una joyería en Londres? Si se trata de algo flagrante, ¿qué haría que esa persona no pudiera estar en la jefatura del Estado?» Ante esto, López Garrido indicó que la vía sería la «inhabilitación» recogida en el artículo 59.2 de la Carta Magna.«Cuando la posición del Rey se hace insostenible ante la comisión de un delito grave, a mi juicio, hay esa vía» -que el articulado contempla en caso de enfermedad,–.
Por su parte, Aragón aseguró que, «como intentemos juridificar la monarquía parlamentaria, no funcionará» y subrayó que la «carga de la inviolabilidad» es la abdicación. «Esa es la grandeza de la monarquía parlamentaria que supo fusionar monarquía y democracia», unos valores que dijo «hay que cuidar», al tiempo que advirtió de que, para tocar la inviolabilidad habría que retocar la Constitución. «Si esa reforma se hiciera habría que pensársela muy bien. No podemos hacer de la patología la regla general».
¿Y habría que regular el refrendo? ¿El discurso del Rey del 3 de octubre fue correcto?
Cazorla indicó que, «desde el año 78, se han ido consolidando unas reglas» por lo que, «sería perturbador, pedir al derecho lo que no puede dar». Eso puede llevar a zonas «sombrías», dijo, que solo pueden resolverse entre el Gobierno y la Corona. En la misma línea se mostró Fernández -Fontecha: «Regularlo es entrar en extremos imposibles. Una meta demasiado ambiciosa».
Sobre el discurso que el Don Felipe pronunció el 3-O, Cazorla dijo: «Fue una apuesta arriesgada, pero el monarca hizo lo que tenía que hacer».
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