Josu Ternera
Las víctimas trasladan al embajador francés su “estupor y malestar” por la negativa a entregar a “Josu Ternera” por lesa humanidad
El presidente de Dignidad y Justicia acusa al Tribunal de Apelación de París de extralimitarse y defiende los "firmes indicios" para juzgar "a uno de los etarras más sanguinarios"
El presidente de la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), Daniel Portero, ha remitido una carta al embajador francés en España, Jean-Michel Casa, para trasladarle el “estupor y malestar generado” entre las víctimas del terrorismo por la decisión del Tribunal de Apelación de París de rechazar la entrega a España para que sea juzgado por un delito de lesa humanidad de José Antonio Urrutikoetxea, “Josu Ternera”, a quien califica como “uno de los etarras más sanguinarios” de ETA.
Para la asociación, esa decisión resulta “arbitraria” en tanto en cuanto se sustenta en la “imprecisión” de la calificación jurídica de los hechos que se le atribuyen y la fecha de los mismos. Y recuerda que la Audiencia Nacional remitió a Francia “de forma clara y meridiana” la información complementaria solicitada sobre esos extremos: la identidad del magistrado que había dictado el auto de procesamiento en octubre de 2015 y los hechos por los que se procesó al terrorista, al considerar que -junto a Mikel Carrera Sarobe, Garikoitz Aspiazu “Txeroki” y Ángel Iriondo- en su calidad de dirigentes eran responsables de los atentados cometidos mientras permanecieron en la cúpula etarra.
ETA, recuerda Portero al diplomático galo, era “una organización fuertemente jerarquizada en la que había una estructura real de dominio del hecho por parte de los máximos dirigentes” de la banda terrorista, “que define entre sus medios de acción la comisión de delitos contra terceros”. Tanto “Josu Ternera” como los otros tres procesados por delito de lesa humanidad, defiende en consonancia con el auto de procesamiento, “eran los máximos dirigentes del “aparato militar” y “político” de la organización en el periodo investigado, desde el 1 de octubre de 2004 (cuando se incorporó ese delito a nuestro Código Penal) hasta 2009. De ahí que, entiende DyJ, “participaron del plan de acciones delictivas, durante su periodo de dirección, impartiendo las instrucciones precisas a los autores materiales para llevar a cabo las mismas, pudiendo haber intervenido antes de ejecución para evitar su resultado y no haberlo hecho”.
En cuanto a “Josu Ternera”, recuerda que se le investiga por los atentados cometidos entre 2006 y 2008, entre ellos el que se perpetró en la T-4 de Barajas el 30 de diciembre de 2006, y que puso fin a la tregua declarada por los terroristas, mediante la colocación de una furgoneta bomba, causando la muerte de Diego Armando Estacio y Carlos Alfonso Palate. Portero subraya la existencia de indicios de que fue él mismo quien “dio instrucciones precisas”, como máximo responsable del “aparato político” en esas fechas, y teniendo en cuenta que, por “su carisma y ascendencia” sobre los demás integrantes de la organización terrorista, “participó en las decisiones relevantes” adoptadas en el seno de la banda criminal.
Para Dignidad y Justicia lo más relevante es que la Audiencia Nacional ya ha apreciado “firmes indicios” de la comisión por parte de “Josu Ternera” de un delito de lesa humanidad “tras una larga instrucción de más de tres años”, que culminó con un auto firme de procesamiento de octubre de 2015, “que la Justicia francesa tiene desde hace casi cinco años”.
Se trató, recalca “de un procedimiento legal con todas las garantías” en un estado miembro de la UE, al igual que Francia. “No estamos hablando de una inicial admisión a trámite de una querella, estamos hablando de una acusación de lesa humanidad que ya ha sido apreciada por los propios tribunales españoles. Y subraya que respecto a este delito –al igual que sucede con los de genocidio o crímenes de guerra – “existe un deber internacional reforzado e inexcusable de entrega y desde hace décadas”, plasmado en los principios de cooperación internacional que obligan a la “identificación, detención, extradición y castigo de los culpables”.
El deber reforzado de entrega de todo presunto autor de crímenes de lesa humanidad -continúa Portero en su misiva- “ha sido un logro construido por todas las naciones civilizadas como desarrollo de los valiosos principios de Nüremberg”, por lo que considera “absolutamente injustificable” la decisión del tribunal francés. Para él, habiendo sido ya procesados por lesa humanidad por otro país miembro de la UE “sólo puede caber la entrega y que dicho procedimiento legal pueda continuar, y en todo caso, en este hagan valer sus defensas cualesquiera alegaciones en su descargo”.
De lo contrario, asegura que el Estado francés desempeñará “el rol de santuario de presuntos autores de crímenes contra la humanidad”, lo que implicará además “un retroceso de décadas en el Derecho Penal internacional y en la protección internacional de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos”.
Para Portero, los argumentos esgrimidos por el Tribunal de Apelación de París suponen una "extralimitación" al entrar en el fondo de los hechos objeto de investigación por parte de un tribunal español, en definitiva "un segundo juicio abreviado y sumario sobre lo que durante más de cuatro años ha sido instruido y valorado por los tribunales españoles".
“Si, tal y como aparece publicado en los medios de comunicación, se deja en libertad a este sanguinario etarra, de manera que se sustraiga de nuevo a la acción de la justicia e imposibilite que sea juzgado por los crímenes que ordenó llevar a cabo -advierte- responsabilizaremos a las autoridades judiciales francesas y tomaremos las acciones judiciales oportunas”.
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