Aerolíneas
Ryanair pierde la batalla en los tribunales europeos por el rescate de Air Europa y Plus Ultra Aerolíneas
El Tribunal de Justicia de la UE valida el fondo que levantó España para apoyar a ambas compañías durante la pandemia
La Justicia europea ha dejado en papel mojado la cruzada emprendida por Ryanair contra los rescates de las aerolíneas españolas Air Europa y Plus Ultra. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha confirmado el análisis del Tribunal General según el cual el Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas creado por España durante la pandemia, que insufló ayudas en forma de préstamos por valor de 475 millones en el caso de Air Europa y de 53 millones en el de Plus Ultra, no violaba el principio de no discriminación por razón de nacionalidad y era proporcionado. El Derecho de la Unión, según el TJUE, "admite diferencias de trato entre las empresas en caso de ayudas destinadas a poner remedio a una grave perturbación de la economía de un Estado miembro".
Según ha explicado el TJUE en un comunicado, el tipo de ayuda concedido mediante el fondo "conlleva efectos restrictivos que también se aceptan. Ryanair no ha logrado demostrar que el régimen de ayudas español produjera efectos restrictivos que vayan más allá de los efectos inherentes a este tipo de ayuda, ni que el referido régimen constituyera por tanto un obstáculo a la libre prestación de servicios y a la libertad de establecimiento", aclara la nota.
Según el Tribunal de Justicia, el Tribunal General "consideró correctamente que la Comisión no estaba obligada a ponderar los efectos positivos del régimen de ayudas en cuestión con sus efectos negativos sobre las condiciones de los intercambios comerciales entre los Estados miembros y el mantenimiento de una competencia no falseada. La excepcionalidad y la particular importancia de los objetivos perseguidos por el régimen permiten considerar que se garantiza un justo equilibrio entre sus efectos positivos y sus efectos negativos sobre el mercado interior, de modo que responde al interés común de la Unión", según concluye.
Creación del fondo
En julio de 2020, España notificó a la Comisión Europea un régimen de ayudas que conllevaba la creación de un Fondo de apoyo a la solvencia. Los beneficiarios eran empresas estratégicas españolas (no financieras) que atravesaban dificultades temporales a causa de la pandemia de Covid-19. El régimen contemplaba la adopción de diferentes medidas de recapitalización. Se trataba de poner remedio a la grave perturbación que padecía la economía española, considerada globalmente, con toda su diversidad y desde una perspectiva de desarrollo económico sostenible. El presupuesto, financiado por el Estado, se fijó en 10 000 millones de euros hasta el 30 de junio de 2021.
Mediante Decisión de 31 de julio de 2020, la Comisión declaró el régimen notificado compatible con el mercado interior. No obstante, la compañía aérea irlandesa Ryanair interpuso un recurso ante el Tribunal General contra la Decisión de la Comisión. Dicho recurso fue desestimado mediante sentencia de 19 de mayo de 2021. Ryanair interpuso entonces un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia contra la sentencia del Tribunal General. Sin embargo, el TJUE ha validado el análisis de este tribunal.
Sentencias desfavorables
Tras conocer la decisión, y en otro comunicado, Ryanair ha explicado que ha tenido constancia este jueves de la sentencia y añade que, en otros casos relativos a las ayudas estatales por la covid, el Tribunal dictaminó que miles de millones de euros en ayudas recibidas por Air France, KLM, Lufthansa, SAS y determinadas compañías aéreas italianas eran ilegales. La Comisión Europea -dice la aerolínea de bajo coste- aún no ha ordenado la recuperación de las ayudas ilegales, ni ha impuesto ninguna medida para remediar "el daño a la competencia" causado por los gobiernos francés, neerlandés, alemán, sueco, danés e italiano, "que favorecen a sus aerolíneas de bandera heredadas frente a otras aerolíneas de la UE, infringiendo la legislación de la UE".
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