IRPF 2024

Renta 2024: una campaña con la lupa puesta sobre las riquezas sospechosas

Hacienda vigilará especialmente a los contribuyentes que declaren bajas rentas pero vivan a todo trapo. Sube el límite de ingresos para declarar, aumentan los avisos y entra Bizum como método de pago

MADRID.-El plazo para presentar declaraciones de la Renta a ingresar con domiciliación bancaria termina este martes
Contribuyentes confeccionando su declaración en una oficina de la Agencia Tributaria Europa Press

La declaración de la Renta es, anualmente, el gran radar del fraude de Hacienda. Los contribuyentes están obligados a compartir con el fisco todos sus ingresos, gastos, inversiones y otros movimientos financieros. Una incongruencia puede hacer saltar todas las alarmas de la Agencia Tributaria y acabar en una exhaustiva inspección que culmine en sanción. En la campaña correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, que se extenderá del 2 de abril al 30 de junio, la labor detectora del fraude será aún más intensa, con el foco puesto en aquellos contribuyentes que declaren bajos ingresos pero vivan a todo trapo. Las empresas que no permitan el pago con tarjeta, las criptomonedas y los alquileres turísticos también estarán bajo la lupa.

Según recoge el "Plan de Control Tributario 2025" publicado esta misma semana en el BOE y que también influirá en la campaña de la Renta de 2024, Hacienda centrará su atención en aquellos contribuyentes con discordancias entre su nivel de vida y los signos externos de riqueza que presentan con las rentas y/o patrimonio declarados, intensificando las actuaciones de control sobre aquellos supuestos de ocultación de rentas, utilización abusiva de sociedades instrumentales para desviar gastos personales o situar activos para su uso personal, simulación de arrendamientos de bienes y servicios, o encubrimiento de rentas a través de préstamos ficticios. Para detectar incongruencias, los inspectores de Hacienda cruzarán los datos de la Administración y también consultarán información pública disponible en redes sociales o medios de comunicación.

Hacienda también pondrá especial atención a las sociedades plenamente controladas por una persona o grupo familiar con el fin de evaluar si se usan para reducir la carga tributaria. El fisco centrará sus esfuerzos en la detección de aquellas sociedades carentes de estructura y actividad económica real, así como aquellas que han devenido prácticamente en inactivas.

Igualmente, se va a intensificar el control sobre empresarios o profesionales sin ingresos de tarjetas cuando los pagos por esta vía sean habituales en su sector, lo que puede evidenciar economía sumergida, o sobre aquellos que simulen una actividad económica y emitan facturas irregulares, así como especialmente en los receptores de esas facturas, que obtienen devoluciones indebidas de IVA y generan gastos ficticios. De igual forma, las visitas de Hacienda pondrán el énfasis en el control de las terminales de venta (TPV) para evitar el uso de herramientas informáticas (software de doble uso) susceptibles de ser utilizadas para ocultar ventas.

Asimismo, se pondrá atención sobre las criptomonedas, los arrendamientos turísticos, así como sobre los ingresos procedentes del alquiler de inmuebles o el beneficio de su venta y vigilará las "infrarretenciones" a cuenta del IRPF en las rentas de artistas y deportistas no residentes.

Sube el límite de ingresos que obliga a declarar y se introduce el Bizum como método de pago

En la campaña de la Renta de 2024 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador o de varios, siempre que la suma de las cantidades percibidas por el segundo y restantes pagadores no superen los 1.500 euros. El límite será de 15.876 euros con dos o más pagadores - igualándose al Salario Mínimo Interprofesional- siempre que las cantidades sí superen los 1.500 euros.

Asimismo, estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), mientras que a los beneficiarios de la prestación por desempleo no se les exigirá en esta campaña la presentación, pese a que en un principio sí estaba previsto.

Una de las principales novedades de la Renta 2024 tiene que ver con los métodos de pago. Bizum y el pago con tarjeta se introducen como nuevas vías para pagar la declaración junto a la tradicional domiciliación bancaria, el cargo en cuenta o con Número de Referencia Completo (NRC) o el pago en una oficina bancaria.

Más avisos, más tempranos y más oportunidades de rectificar

Otra novedad de la campaña de la Renta 2024 recogida en el "Plan de Control Tributario 2025" es que se pondrá a disposición de determinados contribuyentes la nueva modalidad "Renta Directa" para la presentación de declaraciones que no requieren realizar modificaciones en el borrador de la Renta Web.

Asimismo, este año se adelantará la campaña de comunicación destinada a avisar a los contribuyentes obligados a declarar. En las campañas de 2022 y 2023, las comunicaciones, destinadas a evitar la omisión involuntaria de la presentación de la Renta, se realizaron a inicios de junio. En cambio, para la Renta de 2024 esta campaña informativa se adelantará al mes de abril, dos meses respecto a los ejercicios anteriores. Con ello, la Agencia Tributaria quiere asegurar que todos los contribuyentes cumplan con su obligación de declarar dentro del periodo voluntario para así evitar sanciones posteriores.

Por otra parte, para la declaración del IRPF del año 2023 se realizó una campaña de avisos a los contribuyentes informándoles de determinadas incidencias para que pudiesen proceder a corregirlas mediante la presentación de una declaración autorectificativa complementaria, puesta a su disposición en Renta Web con una navegación directa y sencilla que se denominó «complementaria calculada». Para la declaración del IRPF de 2024, se aumentará el número de incidencias para las que se pondrá a disposición del contribuyente la posibilidad de autocorrección mediante una declaración complementaria calculada.

Además, durante 2025 entrará en vigor la posibilidad de presentar autoliquidaciones rectificativas del IRPF y del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2024, que se añade a la presentación de autoliquidaciones rectificativas del IVA, en vigor desde octubre de 2024. De esta forma, mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa el obligado tributario, podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad de esperar, en el caso de solicitud de rectificación, una resolución administrativa.

Mutualistas, donaciones y deducción del alquiler

Hacienda recuerda que, a raíz de la reforma fiscal aprobada en el Congreso, ha cambiado la tramitación de las devoluciones del IRPF a mutualistas jubilados -tras las sentencias del Tribunal Supremo-, lo que implica que su cobro se distribuirá en cuatro años en función de la antigüedad del período impositivo. Por tanto, en 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF de 2019 y de los años anteriores no prescritos. La solicitud de estas devoluciones se debe realizar a través del formulario de apoderamiento que se ponga a disposición de los contribuyentes en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Por otro lado, los contribuyentes que el año pasado realizaron alguna donación deben saber que se verán beneficiados por una mayor deducción. En concreto, los primeros 250 euros donados a una ONG darán derecho a una deducción del 80% (en 2023 el límite se fijaba en 150 euros). Además, a partir de 250 euros se aplica un 40% de deducción (antes un 35%) o un 45% si en los dos años anteriores se realizaron donaciones a esa misma entidad por un importe igual o superior cada año respecto del anterior (40% en 2023). En materia de vivienda, el porcentaje general de reducción en el rendimiento neto del alquiler bajó en 2024 del 60% al 50%, pero puede incrementarse hasta el 90% si se declaran zonas tensionadas.

Ayudas por la DANA

El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) destaca que se han aprobado medidas para evitar la tributación de ayudas a los afectados por la DANA. Las ayudas por daños materiales, incluida la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros, están exentas de IRPF. Si las ayudas son menores al valor del bien dañado, se considera pérdida patrimonial; si son mayores, hay ganancia patrimonial, pero exenta si no supera la ayuda recibida. Las ayudas por daños personales y por desalojo también están exentas, al igual que las entregadas por empleadores a sus trabajadores, salvo el exceso sobre los daños certificados. Los autónomos en módulos en zonas afectadas tienen una reducción del 25% en el rendimiento neto y en las cuotas del régimen simplificado del IVA, además de poder renunciar al régimen de módulos y tributar por estimación directa simplificada en el IRPF 2024 sin requisitos adicionales.