Seguridad Social

¿Puedo recibir una ayuda de la Seguridad Social si soy autónomo y tengo deudas pendientes?

Las deudas con este organismo prescriben a los cuatro años

10 Billetes De 500
Una persona da a otra un billete

La Seguridad Social ofrece una gran variedad de ayudas y prestaciones para todos los ciudadanos con el objetivo de garantizar su protección y la de su familia ante situaciones de "vejez, enfermedad, desempleo y otras carencias sociales que en el transcurso de la vida requieran de ayudas", explica el propio organismo en su página web.

No obstante, aunque la Seguridad Social ofrece decenas de prestaciones y ayudas diferentes, es necesario cumplir con una serie de requisitos esenciales. No pagar las deudas con este organismopuede ser motivo suficiente para no beneficiarse de ayudas como la pensión de jubilación, la baja laboral o incluso las bajas por maternidad o paternidad. Por ello, a los trabajadores por cuenta propia que no paguen las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) podrán denegarles la ayuda que solicitan.

Los autónomos podrán solicitar un aplazamiento de la deuda para no perder el derecho a las prestaciones y ayudas de la Seguridad Social. Sin embargo, cuando se incumplan los requisitos establecidos "se procederá a la suspensión inmediata de la prestación reconocida que estuviere percibiendo, la cual solamente podrá ser rehabilitada una vez que haya saldado la deuda con la Seguridad Social en su totalidad", tal y como establece el artículo 47.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

Asimismo, además de no poder acceder a ninguna prestación, estos trabajadores también perderán el derecho a acceder a las ayudas públicas, ni beneficiarse de cualquier bonificación. "Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la pérdida automática de las bonificaciones", establece la ley 43/2006, de 29 de diciembre.

¿Cuándo prescriben las deudas con la Seguridad Social?

Aquellos autónomos que no hayan pagado en plazo la cuota mensual al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deben saber que las deudas con el organismo prescriben a los 4 años desde que se termine "el plazo reglamentario de ingreso de aquellas", según establece el artículo 42.1 del Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio

Transcurrido este tiempo, el autónomo no estará obligado a pagar la deuda, aunque si existe un delito contra el organismo, y la cuantía de las cuotas defraudadas, de las devoluciones o deducciones indebidas es superior a 50.000 euros, el plazo se amplía a 5 o 10 años, si excede los 120.000 euros.

¿Cómo se puede saber si tiene deudas con la Seguridad Social?

Los autónomos que quieran saber si tienen deudas con la Seguridad Social deberán acceder a la página oficial del organismo y consultar los pagos y deudas, seleccionando la opción "Informe de estar al corriente de las obligaciones en la Seguridad Social".

Después deberán seleccionar la opción "Solicitar el informe", y se tendrán que identificar a través de correo electrónico, Cl@ve Permanente, certificado digital, Cl@ve PIN o SMS. Tras ello, se abrirá un espacio donde aparecerán todas las deudas que se tengan pendientes.