Trabajo
Nuevos derechos para las empleadas del hogar: evaluación de riesgos de su puesto y exámenes médicos periódicos
El Ministerio de Trabajo prevé aprobar mañana la norma de prevención de riesgos para empleadas del hogar. Este es su contenido
El Ministerio de Trabajo llevará mañana, martes, al Consejo de Ministros el real decreto que obliga a la prevención de riesgos laborales para las empleadas del hogar, cuyos empleadores son familias en su mayoría. La norma obligará a que los empleadores tengan que evaluar los riesgos que corren estas trabajadoras en los domicilios, con una herramienta que facilitará el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), y el Sistema Nacional de Salud (SNS) les ofrecerá exámenes médicos gratuitos y periódicos.
El real decreto, al que ha tenido acceso EFE, también contempla que las empleadas realicen formación gratuita por internet a través de una herramienta del SEPE sobre los riesgos asociados a las tareas del hogar. Esta se realizará solo una vez aunque se preste servicio en varias casas y se hará dentro del horario de trabajo si es posible, o fuera de la jornada pero compensable con tiempo de descanso equivalente. El reconocimiento médico, por su parte, también es único, aunque se tengan varios empleadores, con una periodicidad trienal, y requerirá del expreso consentimiento de la persona trabajadora con "las debidas garantías de respeto a su intimidad". Igualmente, el INSST elaborará una Guía técnica para la prevención de los riesgos laborales en el trabajo doméstico
De esta forma, las familias que emplean personal en sus casas no tendrán que asumir en principio mayores costes, salvo que quieran contratar un seguro que les provea el servicio. El coste, en cualquier caso, "no deberá recaer en modo alguno sobre las personas trabajadoras", aclara la norma. Cabe recordar que sigue vigente la bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social al contratar personal de apoyo en el hogar. No obstante, el empleador sí que deberá asumir la provisión gratuita de "los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones" y los repondrán cuando resulte preciso.
Además, tendrá la obligación de informar y paralizar la actividad de la trabajadora (un nuevo derecho regulado) en caso de peligro grave e inminente en el hogar, supuesto en el que no podrá exigirse la reanudación del trabajo mientras persista el peligro. Asimismo, la norma también prevé la implantación de un protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar, que será elaborado por e INSST en el plazo máximo de un año desde la publicación del real decreto.
Hay que tener en cuenta que la norma no entrará en vigor al menos hasta enero de 2026 y las nuevas obligaciones no serán exigibles hasta seis meses después de que el INSST tenga lista la plataforma, un desarrollo para el que dispone de un plazo de diez meses.
Este colectivo sufre especialmente el trabajo en negro. Buena parte de los empleadores se niegan a hacerles un concreto, un problema que ganó peso durante la pandemia, cuando miles de estas trabajadoras quedaron excluidas de recibir una ayuda extraordinaria por no tener contrato. Pero esta problemática no ha hecho más que agravarse.
La afiliación en el sistema especial de empleadas de hogar ha caído un 2,9% en el último año (370.247 afiliaciones en mayo), un descenso que roza el 9% al comparar con los datos de 2019 (406.864 empleadas del hogar en este régimen), antes del impacto de la pandemia y que lleva a mínimos que no se registraban desde el inicio de este sistema en 2012, lo que indica un sumergimiento del trabajo en el hogar.
En el primer trimestre 577.000 personas declaraban trabajar en el empleo doméstico, unas 50.000 menos que al arranque de 2019. De estos datos se desprende que estarían trabajando sin estar dadas de alta en la Seguridad Social al menos un tercio de las empleadas del hogar, ya que muchas de las que sí cotizan, trabajan en más de un hogar y, por lo tanto, están afiliadas al sistema varias veces.
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