Transporte aéreo
¿Qué indemnización me corresponde si mi aerolínea cancela mi vuelo por mal tiempo?
El caos en el aeropuerto de Barcelona se ha extendido durante tres días consecutivos, afectando a numerosos vuelos y pasajeros
El aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat se ha convertido, desde este fin de semana y durante este lunes, en el epicentro de una situación caótica, donde miles de pasajeros se han visto afectados por una ola de retrasos, cancelaciones e incidencias. Como si se tratara de un efecto dominó, la mayoría de los vuelos programados en el aeropuerto de Barcelona se vieron afectados.
La comunicación por parte de Enaire y Aena, las entidades responsables de la navegación aérea en España, apunta a que la causa de todas estas incidencias fue una tormenta en el mar, frente a las costas de Barcelona, que habría complicado las operaciones en el aeropuerto. Aunque la tormenta no se ha hecho notar en las instalaciones del aeropuerto. Las autoridades aeroportuarias argumentaron que la situación no se normaliza automáticamente después de una tormenta y que los retrasos suelen persistir.
Más de 40 aviones que tenían previsto volar hacia distintos destinos se encontraron atrapados en una cadena de retrasos, con tiempos de espera que superaban las dos horas en algunos casos. Pero el escenario empeoró aún más cuando se anunciaron las cancelaciones de varios vuelos, dejando en tierra a pasajeros con destinos a Venecia, Londres, Miami, Roma y París. En este contexto, los afectados se pregunten cuáles son los derechos que les asisten frente a una situación como esta:
¿Te corresponde una indemnización?
Los vuelos cancelados pueden ser una experiencia realmente frustrante e inconveniente, especialmente cuando se trata de un viaje importante. Afortunadamente, existen leyes y regulaciones que protegen a los pasajeros y les brindan la posibilidad de acceder a una compensación por las molestias y los trastornos causados, que quizás tienen habitaciones de hotel reservadas, que tienen una cita importante a nivel profesional o personal, etc.
Si te encuentras en la desafortunada situación de que tu vuelo ha sido cancelado debido a condiciones climáticas adversas, debes saber que esta se consideran una circunstancia extraordinaria. En este caso concreto, la aerolínea tiene dos obligaciones fundamentales hacia ti:
En primer lugar, tienes derecho a la Opción de Reembolso o Reasignación de Vuelo. Esto significa que la aerolínea debe darte a elegir entre dos opciones: recibir un reembolso completo del precio del billete, que debe ser devuelto en un plazo máximo de 7 días, o aceptar un vuelo alternativo que te permita llegar a tu destino con menos de 2 horas de retraso respecto a la hora prevista inicialmente en tu itinerario.
En segundo lugar, cuentas con el Derecho a Asistencia. Independientemente de la elección que hayas tomado en el primer punto, la aerolínea tiene la obligación de proveerte asistencia. Esto incluye la provisión de alimentos, alojamiento en caso de que sea necesario, traslados entre el aeropuerto y el hotel, y la posibilidad de realizar dos comunicaciones, como por ejemplo una llamada telefónica y un correo electrónico.
En cuanto a la compensación económicaadicional por la cancelación del vuelo, es importante que tengas en cuenta que la aerolínea no está obligada a pagar ninguna compensación en casos de circunstancias extraordinarias, como las inclemencias del tiempo. Estas circunstancias son situaciones impredecibles e inevitables que no podrían haberse evitado, incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables para prevenirlas.
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