Vivienda

Fianza del alquiler: ¿cuándo se debe devolver?

A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta

Una persona cuenta billetes de 50 euros
Una persona cuenta billetes de 50 eurosDreamstime

La fianza del alquiler es un tipo de garantía que el arrendatario entrega al casero con el objetivo de garantizar el cumplimento del contrato. Y es que "a la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda", tal y como establece el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Una vez se paga la fianza, el casero dispone de un plazo establecido –que normalmente es de 30 días naturales– para ingresar el dinero en el organismo correspondiente, ya que sino, este podría enfrentarse a "importantes sanciones económicas e incluso podría ser demandado por el inquilino por daños y perjuicios", según explica el portal inmobiliario Fotocasa. Por tanto, en ningún caso, el propietario podría disponer de este dinero mientras dure el contrato de arrendamiento.

¿Cómo y cuándo se devuelve la fianza de un alquiler?

Una vez finaliza el contrato del alquiler, la fianza deberá devolverse al inquilino "transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución", señala la vigente normativa. Por tanto, si el inquilino ha cumplido con todo lo establecido en el contrato, el casero deberá devolver el importe íntegro de la fianza y el arrendatario deberá recibirla en un plazo de 30 días naturales desde la entrega de las llaves.

El día que el inquilino entrega las llaves del piso, ambas partes deben firmar el documento de fin de alquiler, en el que se indica por escrito la finalización del contrato, y cómo y cuándo se hará la devolución de la fianza, y si será en efectivo o mediante transferencia bancaria.

En el caso de que el arrendatario no cumpla con el acuerdo firmado entre ambas partes, el propietario podrá quedarse con la totalidad o una parte de esta garantía para subsanar los desperfectos ocasionados o recuperar parte de la renta. Estos son los casos en los que el casero no deberá devolver la fianza:

  • Si el inquilino no devuelve la vivienda en el mismo estado en el que la encontró cuando el propietario se la entregó o incluso si la ha dejado sucia o en malas condiciones.
  • Si se han realizado obras sin permiso del casero.
  • Si ha dejado de pagar la renta del alquiler.
  • Si ha dejado la vivienda antes de la duración del contrato mínima establecida.
"En estos casos, el propietario está en pleno derecho de no efectuar la devolución de la fianza, por lo que la podrá utilizar para saldar las deudas pendientes o hacer las reparaciones necesarias", señala el portal inmobiliario. No obstante, si la cuantía de la fianza no es suficiente para pagar las reparaciones, el propietario podrá solicitar la cantidad restante.

Si el inquilino no está de acuerdo con esta retención de la fianza, este podrá reclamar la cuantía otorgada en la celebración del contrato del alquiler.