Pandemia

Europa anula la ayuda de 3.400 millones de euros a KLM porque beneficiaba a un mismo grupo empresarial

El Tribunal General indica que la Comisión Europea cometió un error en el proceso de exclusión del holding Air France-KLM

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Aviones de KLM aparcados en al aeropuerto de Schiphol (Amsterdam)La RazónLa Razón

El Tribunal General (TG) europeo ha anulado la concesión de 3.400 millones de euros de ayudas que aprobó la Comisión Europea (CE)a las líneas aéreas KLM durante la pandemia. Para la justicia europea, al pertenecer al conglomerado empresarial Air France-KLM, se pudo producir una acumulación de ayudas públicas a un mismo grupo, vulnerando así las normas de competencia.

Para el tribunal, la Comisión Europea debió examinar los vínculos entre las distintas sociedades del grupo antes de aprobar dicho apoyo económico a la aerolínea neerlandesa.

Tal como sostiene la resolución, las ayudas públicas que beneficiaron a KLM fueron aprobadas por la Comisión en 2020, en el contexto de la pandemia de Covid. La ayuda consistió, por una parte, en una garantía estatal para un préstamo bancario y, por otra, en un préstamo del propio Estado, que totalizaron un monto de 3.400 millones de euros.

Con el apoyo de estos fondos públicos se pretendía facilitar liquidez temporalmente a la empresa, en el contexto de crisis económica causada por la pandemia global.

Sin embargo, en 2021 el Tribunal General anuló la decisión de la Comisión por falta de motivación para concederla a la empresa beneficiaria. En su resolución, declaró también la suspensión de los efectos de la anulación hasta que la Comisión adoptase una nueva decisión.

El 16 de julio de 2021, la Comisión adoptó una nueva decisión, en la que consideró que la ayuda de Estado era compatible con el mercado interior y que KLM y sus filiales eran las únicas beneficiarias de la ayuda, con exclusión de las demás sociedades del grupo Air France-KLM.

Pero una línea aérea competidora, Ryanair, recurrió la decisión y el Tribunal General ha vuelto a anular la aprobación de la ayuda en la sentencia que se ha dado a conocer hoy.

De acuerdo con el dictamen de los jueces, la Comisión cometió un erroren el proceso de exclusión del holding Air France-KLM y a Air France, dos sociedades que forman parte del grupo Air France-KLM, cuando debió definir los beneficiarios de la ayuda de Estado que iba a conceder.

El TG examinó los vínculos de capital, orgánicos, funcionales y económicos entre las sociedades del grupo Air France-KLM, el marco contractual sobre cuya base se concedió la medida en cuestión, así como el tipo de ayuda concedida y el contexto en el que se enmarcaba.

Con todos estos antecedentes sobre la mesa, el tribunal concluye que el holding Air France-KLM y Air France podían beneficiarse, al menos indirectamente, de la ventaja concedida por la ayuda de Estado en cuestión, por lo que declara nula la ayuda que aprobó la Comisión Europea.

Contra esta resolución, la compañía puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la sentencia.

El recurso de anulación sirve para solicitar la anulación de los actos de las instituciones de la Unión Europea contrarios al Derecho de la Unión. Lo pueden utilizar tanto los Estados miembros como las instituciones europeas y los particulares ante el Tribunal de Justicia o ante el Tribunal General, siempre y cuando cumplan los requisitos para ello.