"Procés"

El Supremo ordena al TSJC repetir el juicio por el 1-O a cuatro ex miembros de la mesa del Parlament

Dos magistrados no fueron imparciales antes de la sentencia

El conseller de Empresa y Trabajo, Roger Torrent, expresidente del Parlament de Cataluña, junto a la exmiembro de la Mesa de la cámara catalana Adriana Delgado (i), a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que juzga desde este miércoles a Torrent y a los miembros de JxCat y ERC de la Mesa que presidió en el Parlament, por un delito de desobediencia al tramitar resoluciones vetadas por el Constitucional. EFE/Toni Albir
El conseller de Empresa y Trabajo, Roger Torrent, expresidente del Parlament de Cataluña, junto a la exmiembro de la Mesa de la cámara catalana Adriana Delgado (i), a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que juzga desde este miércoles a Torrent y a los miembros de JxCat y ERC de la Mesa que presidió en el Parlament, por un delito de desobediencia al tramitar resoluciones vetadas por el Constitucional. EFE/Toni AlbirToni AlbirAgencia EFE

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que condenó a los cuatro ex miembros de la Mesa del Parlament Anna Simó, Lluis María Corominas, Ramona Barrufet y Lluis Guinó por un delito de desobediencia por el 1-O al considerar que dos de los tres magistrados habían exteriorizado sus posturas antes de dictar sentencia, lo que vulneraría el principio de imparcialidad, por lo que ordena repetir el juicio

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que anula la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a los miembros de Junts pel Sí (JxSí) en la Mesa en 2017 Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó a 20 meses de inhabilitación y a pagar una multa de 30.000 euros, y absolvió a la exdiputada de la CUP Mireia Boya.

Y declara igualmente la nulidad del juicio, que deberá ser celebrado con una distinta composición distinta del tribunal.

La Sala estima así el recurso de Anna Simó, al que se adhirieron el resto de los condenados, al considerar que se ha vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados debido a que dos de los magistrados que integraron el tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio.

El Supremo subraya que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial exige que sus integrantes comparezcan al acto del plenario ajenos a cualquier toma previa de posición sobre las cuestiones esenciales que allí han de tratarse, desprovistos de cualquier clase de prejuicio valorativo. “Si fuera procedente la metáfora: la partida debe comenzar con el marcador a cero”, señalan los jueces.

Simó denunció la falta de imparcialidad del presidente José Luis Barrientos y del magistrado Ramos Rubio, ponente de la sentencia, cuyas