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El ayuntamiento de Casarrubios del Monte (Toledo) condenado por denegar a sus trabajadores días libres por asuntos propios

Esta sentencia permitirá que cerca de 60 de trabajadores puedan disfrutar de seis días de vacaciones laborables al año por asuntos particulares
El ayuntamiento de Casarrubios del Monte (Toledo) condenado por denegar a sus trabajadores días libres por asuntos propios
Ayuntamiento de Casarrubios del Monte (Toledo)Wikipedia
Sergio Perea
  • Graduado en periodismo por la Universidad Rey Juan Carlos y masterado en dirección de protocolo y diseño de eventos por la Universidad Camilo José Cela. Apasionado de la comunicación. Ha trabajado en gabinetes de prensa de eventos de renombre como los Premios Platino, Madrid Fusión o el Torneo Internacional de Fútbol Base MADCUP.

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El Juzgado de lo Social nº 2 de Toledo ha emitido una sentencia a 11 de marzo contra el Ayuntamiento de Casarrubios del Monte y los sindicatos CCOO y UGT por denegar a los empleados municipales el disfrute de días libres por asuntos propios correspondientes a los trienios computados por antigüedad, según recoge la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en nota de prensa.
CSIF denunció esta merma de los derechos laborales e incumplimiento del convenio colectivo del personal laboral en julio del pasado año. Según el convenio publicado el 22 de marzo de 2023, los trabajadores podrán gozar de día libres adicionales de asuntos propios por antigüedad.
El mencionado consistorio toledano tomó como referencia el primer convenio colectivo del personal laboral del ayuntamiento a fecha del 19 de septiembre de 2019 para justificar la denegación de esos días libres. 
CSIF alegó en su denuncia que debe computarse la antigüedad real según los años de servicios prestados en el Ayuntamiento y no desde 2019. Es más, el convenio de 2023 contemplaba un reconocimiento retributivo anterior de 2019, y sin embargo el Consistorio denegaba los días de permiso.
Esta sentencia permitirá que cerca de 60 de trabajadores puedan disfrutar de seis días de vacaciones laborables al año por asuntos particulares. Así como, de otros dos días adicionales desde el día siguiente al del cumplimiento del sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
Tanto el ayuntamiento como CCOO y UGT interpretaban el convenio colectivo señalando que se limitaba el cómputo de los trienios. Es más, en diciembre se llevó a cabo un acto de conciliación sin que tuviera efecto, aseguran desde CSIF.
La Central Sindical lamenta que el Ayuntamiento de Casarrubios de los Montes "haya obligado a acudir a la vía judicial para reconocer los derechos de sus propios trabajadores", señalan en el comunicado de prensa.

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