Nuevos derechos
Entra en vigor la nueva ley andaluza de Atención Temprana
La norma garantiza un sistema de carácter universal y gratuito e implica a los ámbitos sanitario, educativo y social
La Ley que regula la atención temprana en Andalucía, aprobada el pasado 8 de febrero en el Parlamento sin votos en contra, entra en vigor este martes 14 de marzo tras su publicacíon en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado 22 de febrero. Se trata de la primera iniciativa legislativa a la que dio luz verde -en julio de 2022- el actual Consejo de Gobierno andaluz tras su conformación en virtud de la mayoría absoluta alcanzada por el PP-A en las elecciones del pasado 19 de junio.
Tal y como detalló en en LA RAZÓN Jesús Domínguez Gómez, abogado-socio de Doyca Estudio Legal, esta nueva norma obedece al mandato impuesto por el artículo 39 la Constitución, el cual establece los principios rectores de protección a la familia y a la infancia que deben inspirar la política social, así como lo dispuesto en el artículo 18.1 y en el artículo 22.3, respectivamente, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sobre la protección a los menores y a aquellas personas con alguna enfermedad mental.
La nueva Ley, que ha sido impulsada desde la plataforma de las familias de los menores con trastornos que lidera Antonio Guerrero, está formada por cinco títulos («Derecho, Participación y Garantías», «Organización de la Intervención Integral de la Atención Temprana en Andalucía», «Coordinación», «Formación, Investigación e Innovación» y «Régimen Sancionador») cuarenta y siete artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. Todas estas normas van encaminadas a establecer un marco legal que dote a los distintos agentes públicos de los medios necesarios para el desarrollo de la atención temprana de estos niños, a través de un sistema de carácter universal y gratuito, y en el que se encontrarán coordinados los ámbitos sanitario, educativo y social.
Igualmente, la disposición adicional tercera determina que el Consejo de Gobierno deberá aprobar un Plan Integral de Atención Temprana en el plazo de 18 meses.
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