Animales

¿Qué dice la nueva Ley de Bienestar Animal sobre el uso de animales en los belenes y en las cabalgatas de Reyes?

Esta multa establece multas que van desde los 500 hasta los 200.000 euros para quienes incumplan sus disposiciones

Cabalgata de los Reyes Magos en Zamora
Cabalgata de los Reyes Magos en ZamoraJose Luis LealAgencia ICAL

La nueva Ley de Bienestar Animal, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre, se redactó con la intención de proteger la vida y la dignidad de los animales en nuestro país, estableciendo multas que van desde los 500 hasta los 200.000 euros para quienes incumplan sus disposiciones. Sin embargo, esta ley generó numerosas polémicas y despertó las críticas de varios sectores, entre ellos, algunas organizaciones profesionales veterinarios.

Al haber endurecido y alterado muchas de las regulaciones relativas a los animales, son muchas las preguntas que han surgido alrededor de esta nueva ley. Una de las preguntas que han surgido en los últimos días ha sido si, con el cambio normativo, sigue siendo posible utilizar animales para animar los belenes vivientes y las cabalgatas de Reyes, como es tan típico en estas fechas. Desde el periódico deportivo AS han estudiado esta cuestión y nos han dado una respuesta:

¿Qué dice la Ley?

El artículo 65 de la Ley 7/2023 establece: “se prohíbe el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar o inmovilizado durante la duración del evento”. O sea, que no es el espectáculo en sí lo que puede llevar a su prohibición, sino las condiciones a las que estará sometido el animal durante el transcurso y la preparación del mismo; que tienen que ser respetuosas con su bienestar físico y mental.

Unos perros recrean un belén y conquistan las redes sociales
Unos perros recrean un belén y conquistan las redes socialesRedes sociales

En este sentido, la ley establece que los animales deben conservar siempre un estado higiénico-sanitario óptimo y tener garantizados unos niveles óptimos de bienestar animal, lo que incluye tener un espacio razonable para moverse, en función de las necesidades específicas de cada especie, y que no estén expuestos durante más tiempo del debido.

A su vez, se prohíbe la presencia de animales en romerías, cabalgatas u otros eventos donde haya un exceso de temperatura, potencialmente perjudiciales para la salud del animal, o se haga uso de elementos pirotécnicos, debido a los riesgos que estos pueden representar para su tranquilidad y salud psicológica. Además, es importante destacar que la ley también se refiere al tiempo de descanso necesario que se debe garantizar para las diferentes especies de animales. Este aspecto es crucial para asegurar que los animales no sean sometidos a estrés o fatiga innecesaria.

En resumen, la ley permite el uso de animales en estos espectáculos tan típicos de nuestro país, siempre y cuando sean tratados con el máximo respeto y cuidado en todo momento, y que se tomen todas las medidas necesarias para garantizar su bienestar.