Medidas

Sanidad ampliará el cierre perimetral de las comunidades de Semana Santa al Puente de San José

El nuevo borrador del Ministerio mantiene los toques de queda en los dos periodos, pero abre la puerta a que comiencen a las 23:00 horas en vez de a las 22:00

El Ministerio de Sanidad va a extender las limitaciones de movilidad no sólo en Semana Santa, sino también en el puente de San José. En concreto, el departamento que dirige Carolina Darias ha elaborado un nuevo borrador de acuerdo que será debatido el miércoles en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el máximo órgano de Coordinación Sanitaria del conjunto del Estado, en el que propone medidas de obligado cumplimiento para dos periodos.

El primero, para el comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo. El segundo, abarcaría desde el 26 de marzo al 9 de abril, como en el anterior borrador, y que comprendería la Semana Santa. El nuevo texto, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, establece que “la movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre”.

Dicha limitación no será aplicable a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares, y la entrada en dichos territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre”. Como sucedía en el anterior borrador, se mantiene la limitación del derecho de movilidad nocturna a partir de las 22:00 horas y hasta las 6:00 horas en los dos periodos, pero queda abierta la puerta al debate para su posible reducción, con el fin de que empiece a las 23:00 horas y concluya a la misma hora. La decisión dependerá de las autonomías.

Sanidad también mantiene la limitación de grupos de personas a un máximo de cuatro tanto en espacios públicos como en privados, salvo que se trate de convivientes. No obstante, deja también abierta la puerta a la posibilidad, si así lo deciden las autonomías en el Interterritorial, de limitar la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trata de convivientes. Si se aprueba esta opción, en espacios privados las reuniones se limitarían a convivientes. El Ministerio mantiene además la recomendación de no bajar el nivel de alerta en el que se encuentra la comunidad autónoma desde las dos semanas previas al inicio de Semana Santa, es decir, desde el 12 de marzo, aunque los indicadores sean favorables, “y por ello mantener las medidas establecidas en ese momento, o aumentarlas si la evolución de los indicadores así lo exigiese”.

Tampoco se podrán celebrar eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas, como las procesiones, y los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas en el documento de actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de la Covid-19, según el nivel de alerta de cada comunidad.