Tribunales

El Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno murciano contra la Ley de Amnistía

El recurso del Ejecutivo murciano hace referencia al "evidente" quebrantamiento que supone la Ley del principio y el derecho a la igualdad de todos los españoles

Sede del Tribunal Constitucional en Madrid
Sede del Tribunal Constitucional en MadridEuropa Press

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno regional contra la Ley de Amnistía promovida por el Ejecutivo central.

La Comunidad, que ya ha recibido el documento de la providencia, al que ha tenido acceso Europa Press, presentó el recurso el pasado 9 de septiembre.

La demanda será trasladada, como dicta la normativa, al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno al objeto de que, en el plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Además de la impugnación de la Comunidad, el TC ha admitido las del resto de gobiernos autonómicos gobernados por el PP y dos parlamentos regionales, los de la Región Murcia y Cantabria.

"Flagrante vulneración" del ordenamiento jurídico

En el documento, el Gobierno murciano recogía un conjunto de argumentos centrados en la "flagrante" vulneración que supone esta norma de seis principios fundamentales consagrados en el Ordenamiento Jurídico español, entre los que se encuentran la igualdad, la separación de poderes y la justicia.

Uno de los motivos esgrimidos por el Ejecutivo autonómico en su recurso contra la Ley de Amnistía es la conculcación del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos --artículo 9 de la Constitución--, porque el legislador "no puede declarar a un grupo de personas inmunes frente al Derecho y borrar para ellas retroactivamente la existencia de unos delitos".

Esto supondría "sustituir" al Poder Judicial y afectaría "gravemente" a la seguridad jurídica en el Estado, según matiza el documento que recoge los argumentos ofrecidos por la Comunidad, al que ha tenido acceso Europa Press.

El recurso del Ejecutivo regional también hace referencia al "evidente" quebrantamiento que supone la Ley de Amnistía del principio y el derecho a la igualdad de todos los españoles --artículo 14--. En este sentido, señala que "condenados o acusados por unos mismos delitos pueden quedar, o no, exentos de la imposición de dichas penas", frente a otros ciudadanos, también españoles, en esa misma situación.

En tercer lugar, el Gobierno regional hace hincapié en la separación de poderes -- ejecutivo, legislativo y judicial--, al subrayar que el legislador "no puede usar sus poderes para trastocar el significado de un principio sustancial del Estado de Derecho como es la división de poderes, infiriendo en el terreno de un poder distinto del propio".

Por otro lado, el Ejecutivo autonómico apunta en su recurso que la Ley de Amnistía "no respeta los parámetros exigidos por el Tribunal Constitucional para reconocerle su carácter como ley singular, al carecer de una justificación objetiva de su carácter excepcional o particular, sino que responde a la arbitrariedad del legislador".

"Ello queda patente en el hecho de que el Senado, que también forma parte de las Cortes Generales, rechazó que la iniciativa esté fundamentada en el interés general, negando tanto su esencia como la pertinencia del procedimiento seguido, pues se trata de una amnistía en relación con unos actos que pretendieron la ruptura territorial del Estado y en los que el Senado se vio obligado a aplicar el artículo 155 de la Constitución", añade el texto.

Además, apunta que la Ley de Amnistía "infringe el más elemental principio de justicia" porque "las mismas fuerzas políticas en que estaban integrados los beneficiados por la amnistía por los delitos que habían cometido, no solo no hayan manifestado arrepentimiento, sino que manifiestamente estén dispuestos a ejecutar esos mismos hechos delictivos".

Otro de los argumentos ofrecidos por la Comunidad está relacionado con "la extinción de la responsabilidad contable" porque la Ley de Amnistía "vulnera el artículo 31 de la Constitución", que recoge que "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos bajo los principios de igualdad y progresividad".