Multas y sanciones
La DGT recuerda cuáles son los documentos obligatorios que debes llevar en el coche
Tener la documentación en orden no solo nos evita multas, sino que también tienen como propósito prevenir riegos en la vía
Todas las normas vigentes impuestas por la Dirección General de Tráfico tienen como objetivo prevenir muchos de los riesgos vinculados a la movilidad. Sin embargo, estas normas no solo existen con fines pedagógicos, sino que, de ser incumplidas, acarrean multas que pueden llegar a ser de miles de euros.
En ese sentido, la DGT actualiza las leyes y los requerimientos de seguridad cada cierto tiempo para ajustarlas al panorama actual de la movilidad y a las nuevas tendencias, sobre todo para reducir las víctimas mortales en carretera y los siniestros de gravedad que ponen en peligro la vida de los conductores y pasajeros. Entre los requisitos se encuentran tres documentos obligatorios que deben estar en formato original o compulsado.
¿Cuáles son los documentos obligatorios según la DGT?
Se trata de tres documentos en vigor que el agente solicitará: el Permiso de Conducir; el Permiso de Circulación del vehículo, que acredita la autorización administrativa desde la DGT para que un vehículo pueda circular por las vías públicas; y, finalmente, la Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) del vehículo, que certifica que el vehículo ha pasado las revisiones técnicas necesarias para garantizar su seguridad y que cumple con las normas de emisiones contaminantes.
Es importante recalcar que deben ser los documentos originales o, en su defecto, una copia compulsada. Además, la frecuencia con la que se debe pasar la ITV varía según el tipo de vehículo y su antigüedad. En el caso de los turismos particulares, estos estarán exentos hasta los cuatro años de antigüedad, pero posteriormente tendrán que pasar la inspección cada dos años hasta los diez años, y a partir de ahí cada año.
Según la página web de la DGT, estos documentos son igualmente exigibles para los vehículos de alquiler. Por lo tanto, antes de empezar a circular con un vehículo alquilado, comprueba que el vehículo incluye la documentación obligatoria. De no tener alguno de estos papeles, la DGT podrá imponer sanciones económicas e incluso la pérdida de puntos en el carné de conducir.
Recuerda que desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago.
Cuantía de las multas
La ausencia de estos documentos, en principio, está catalogada como una infracción leve. Usualmente, este tipo de infracciones tiene multas de hasta 1.000 euros. Sin embargo, circular sin la ITV vigente puede resultar en la inmovilización del vehículo hasta que pase la inspección. Asimismo, estar sin cualquiera de los documentos mencionados puede traer problemas con el seguro. En caso de accidente, la compañía puede negarse a cubrir los daños.
Finalmente, las multas respecto a la falta de documentación irán por cuenta del titular del vehículo o, en caso de ser un renting, por cuenta del arrendatario.
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