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Blanqueo de capitales

El Juzgado y la Audiencia ya emitieron sentencia a favor de Asunción y Piles

Los dos magistrados coincidieron en negar que alteraran la contabilidad

La Razón La Razón

Hace poco más de seis meses, la Audiencia de Valencia en su sección novena, sentenció que el Banco de Valencia, o más concretamente su sociedad Inversiones Valencia Capital Riesgo (IVCR), conocía bien la situación económica de la Piscifactoría Maremar, propiedad de Antonio Asunción y Társilo Piles, cuando entró a formar parte de la misma, y también cuando acometió varias ampliaciones de capital.

Con esta sentencia, la Audiencia viene a ratificar el tenor literal de otra emitida el 11 de septiembre de 2013 por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia en la que rechazaba la demanda interpuesta por Banco de Valencia contra Asunción y Piles. En ambas sentencias, los dos órganos judiciales niegan que los demandados alteraran engañosamente la contabilidad de la empresa sobrevalorando los activos, es decir los peces, y dicta que si bien hay sobrevaloración de las existencias, ésta no es atribuible a una acción maliciosa de Asunción y Piles.

Pues bien, el juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, que investiga a la antigua cúpula del Banco de Valencia, ha imputado a Antonio Asunción y Társilo Piles por los mismos delitos por los que ya han sido juzgados y absueltos en el Orden Civil.

De ahí que Antonio Asunción explicara ayer a LA RAZÓN que este proceso no era más una «maniobra dilatoria» de los ex directivos del Banco «que están siendo investigados por delitos gravísimos en la Audiencia Nacional» y que solo pretendían «enredar».

Se mostró convencido de que Pedraz archivará la causa en cuanto presten declaración el próximo martes y reafirmó que la compra de Maremar por Banco de Valencia fue escrupulosamente legal como ya se ha demostrado en el orden Civil en dos ocasiones.

Tanto Asunción como Piles prestarán declaración ante el juez Pedraz el próximo martes.

En la sentencia de la Audiencia de Valencia de fecha 1 de diciembre de 2014 a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, la magistrada desestima la demanda de IVCR en la que acusaba a los citados de una «actuación abiertamente dolosa perpetrada por los demandados en su condición de administradores de Maremar».

Por tanto, rechaza que tanto Asunción como Piles contabilizaran muchos más peces de los que en realidad disponían las jaulas de la piscifactoría, y cuyo desfase valoran en doce millones de euros, dando la razón a los demandados que sostenían que la merma efectiva de los recursos se produjo por la mala gestión de los nuevos directivos de la empresa, tras la entrada en la misma de Banco de Valencia.

Tal y como consta en las actas del Consejo de Administración, Antonio Asunción advirtió en varias ocasiones de que algunas jaulas estaban viejas y que se debían renovar las instalaciones, además de otras apreciaciones técnicas fruto de su “conocimiento del sector”. Pero los nuevos directivos no hicieron caso de las advertencias y el temporal acaecido en octubre de 2010 –uno de los más fuertes de las últimas décadas- se llevó por delante al menos tres jaulas de lubinas y una cantidad indeterminada de doradas. En cualquier caso, las pérdidas fueron enormes, y tanto Asunción como Piles aseguran que el desfase en la valoración de activos se debe entre otros motivos, a la mala gestión de la directiva, que no adoptó las medidas necesarias para preparar la piscifactoría ante el temporal.

El informe posterior que realizaron los buzos respalda la versión de Asunción sobre la falta de medidas de prevención del temporal y lo obsoleto de las instalaciones.

La salida de los animales de las jaulas fue masiva, y así, la defensa de Piles aportó en la causa que se juzgó en la Audiencia de Valencia, testimonios de pescadores que aseguran que durante esos días se cogían las lubinas «a capazos».

Según los demandados, también se alimentó mal a los animales y se malograron varias «siembras». Además, el sistema que se utilizaba para «estimar» las existencias se varió con la llegada de la nueva directiva.

En cualquier caso, las dos sentencias dejan muy claro que no se puede atribuir los errores en la estimación de los activos, con las pérdidas que sufrió la sociedad finalmente.

Además, la defensa de Asunción puso de manifiesto que hubo comprobaciones exhaustivas previas por parte de IVCR hasta lograr su empeño en participar en la sociedad. Además, recuerda la animadversión de varias de las personas que integraron la nueva directiva de la empresa y contra los que el ex ministro se ha querellado. «El descalabro se debió exclusivamente a la nefasta gestión del Banco de Valencia».

Además, recuerda la magistrada que «no cabe obviar que IVCR acudió por dos veces a las ampliaciones de capital y que no puede alegar ignorancia cuando accede a la mayoría en julio de 2010.

La magistrada concluye que desestima los argumentos de la apelante y explica que no concurre la relación de causalidad entre la acción imputada a los demandados y la inversión efectuada por la actora ni tampoco el daño tendría la consideración de directo.