Almuñécar
Doce imputados de Fomento y de las constructoras por el derrumbe en la A-7 que mató a 6 obreros
La juez ha concluido la instrucción del accidente laboral ocurrido durante la construcción de la A-7 a su paso por Almuñécar (Granada) en noviembre de 2005, que costó la vida a seis obreros y por el que imputa a doce trabajadores del Ministerio de Fomento y de las constructoras.
En el escrito, al que hoy ha tenido acceso Efe, la juez sustituta del Juzgado de Instrucción 2 de Almuñécar sostiene que los doce imputados pudieron cometer un delito contra la seguridad de los trabajadores, otro de homicidio imprudente y otro de lesiones imprudentes.
Entre ellos se encuentran Juan Francisco Martín Enciso, jefe de Demarcación de Carreteras del Estado de Andalucía Oriental, dependiente del Ministerio de Fomento, y Pablo Jiménez Barreda, ingeniero director el Proyecto de Ejecución del tramo Herradura-Taramay de la A-7.
Los seis trabajadores -cinco portugueses y un español- fallecieron al desplomarse la cimbra utilizada en la construcción del viaducto sobre el Río Verde, y la juez sostiene que el colapso de esta estructura metálica, a la vista de distintos informes técnicos, se debió a un mantenimiento insuficiente, entre otros factores.
De hecho, ni el estudio de Seguridad y Salud elaborado por Fomento ni el Plan de Seguridad y Salud de la UTE La Herradura -adjudicataria de la obra y formada por Azvi, Obras Subterráneas y Ploder- contemplaban la revisión de la autocimbra.
Tampoco hay constancia de que el personal de la UTE revisara habitualmente la estructura ni de que esa labor estuviese encomendada al personal acreditado, "contradiciendo las propias directrices del coordinador de seguridad de las obras".
Por ello concluye que las instrucciones para el mantenimiento y control de la cimbra eran "insuficientes", que la empresa contratista no siguió un plan sistemático de control y seguimiento del estado de los equipos y que una de las subcontratadas, Estructuras y Montajes de Prefabricados S.L., no controló que hubiese inspecciones o revisiones de la estructura.
En cuanto al Ministerio de Fomento, indica que como promotor de la obra debió de encargarse de garantizar las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en la obra.
Sobre la causa del colapso de la cimbra, apunta que comenzó en la unión entre el marco trasero de la batería izquierda y el cordón inferior derecho del módulo adyacente de la batería simple, lo que causó la rotura en una de las soldaduras, y ello se debió "al aflojamiento de una tuerca de uno o varios tornillos de unión entre el marco trasero y el cordón inferior derecho".
De hecho, los informes atestiguan que tanto los tornillos de unión entre módulos de la cimbra como las uniones soldadas en el marco trasero son elementos que, de fallar, pueden producir su colapso.
Sin embargo, en el manual de instrucciones de la autocimbra son "escasas e insuficientes"las indicaciones con respeto a la comprobación del estado de las soldaduras y de las uniones atornilladas y no se especificaban cómo y con que materiales había que revisarlas.
La juez mantiene además que cuando se produjo la avería en uno de los cables eléctricos del sistema de desplazamiento de la autocimbra, debió ser desalojada "inmediatamente", pero media hora después, cuando se precipitó al vacío, había sobre la misma cinco encofradores, junto a los electricistas que intentaban reparar el fallo.
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