Elecciones municipales
La edil de la discordia: cien por cien legal
La entrada del noveno concejal del PP en el Ayuntamiento de Barcelona ha generado tal controversia que el asunto terminará en los tribunales: CiU presentará un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
El origen del conflicto se remonta a las pasadas elecciones del 22 de mayo: 66 papeletas del PP se anularon al añadir los electores una cruz o diferentes anotaciones al lado del nombre del candidato, del tipo «Sí, sí» o «Alicia te quiero guapa». El PP las recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia, que consideró válidas las 57 en las que sólo figurara un aspa. Tal validación ha supuesto que los populares ganen un concejal, nueve en lugar de ocho, y CiU pierda uno de los 15. Es decir, que la federación gobernará en minoría. «La defensa es que la ley dice que cualquier enmienda que se haga a la papeleta es motivo de invalidación», aseguró recientemente Joaquim Forn, portavoz de CiU en el consistorio catalán.
Se olvida de un matiz. La reforma de la Ley Orgánica 2/2011 del Régimen Electoral General no contempla la nulidad en los votos de aquellas papeletas donde el nombre del candidato sea «señalado» (a diferencia de la Ley 5/1985), sí «modificado, añadido o tachado». Es decir, que el recurso que CiU presentará no tendría cobertura legal. «Como es una circunstancia que se repite, se quitó el término «señalado» para que los votos con cruz fueran válidos», señala José Antonio Bermúdez de Castro, diputado del PP en el Congreso y representante del partido en la Subcomisión Parlamentaria. Uno de los ponentes en la reforma de la Ley. Según el diputado, durante la subcomisión hubo consenso de todos los partidos, incluido CiU. Tiene apoyos. Y no dentro del partido. Otro de los ponentes fue el diputado socialista en el Congreso Txiki Benegas. «Yo participé en la reforma y ratifico todo lo que dice. Hubo un acuerdo entre todos los grupos políticos para que un aspa no invalidara un voto».
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