Votación en el Congreso
La reacción judicial mide el alcance de la amnistía
La aplicación de la medida de gracia entrará en un compás de espera respecto a aquellas causas en las que los jueces recurran a Europa
La inminente entrada en vigor de la Ley de Amnistía tras su aprobación hoy en el Congreso y su tortuoso paso por el Senado trasladará el foco de la escena política a la judicial. Una vez la medida de gracia sea ya una realidad, serán los jueces y tribunales los encargados de aplicar la normativa cuya nómina de beneficiados es incierta: más de 1.400 según Òmnium Cultural y 372 según el Gobierno, empeñado en alejar el perdón de cualquier similitud con un indulto general, que sí prohíbe expresamente la Constitución.
La puesta de largo de la polémica normativa no implicará, sin embargo, su aplicación inmediata a todas las causas a las que la amnistía extiende su paraguas de impunidad, en la medida en que la propia ley da un plazo máximo de dos meses a jueces y tribunales para su aplicación. Y en esas ocho semanas lo previsible es que algunos de los principales procedimientos –entre ellos la causa del «procés» que instruye el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena y las que afectan a Tsunami Democràtic y los Comités de Defensa de la República (CDR)– esquiven por ahora el archivo al que obliga la Ley de Amnistía una vez se planteen ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) los correspondientes cuestiones prejudiciales. Una iniciativa con la que los instructores de los respectivos procedimientos –y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), a la que la normativa obliga también a dejar sin efecto la sentencia en la que se condenó a los líderes independentistas– trasladarán a la Justicia comunitaria sus dudas respecto a una posible colisión de la Ley de Amnistía con el derecho europeo en lo referente a la persecución penal de delitos de terrorismo, malversación o traición.
Otra cosa es la vigencia de las medidas cautelares, cuestión mollar para el expresidente de la Generalitat, y líder de Junts, Carles Puigdemont, que tiene en vigor una orden nacional de detención que obstaculiza por ahora su regreso a España. La normativa es tajante al respecto: las medidas cautelares deben quedar inmediatamente sin efecto una vez entre en vigor. Un mandato legal que abre de par en par las puertas del regreso de Puigdemont seis años y medio después. Según las fuentes consultadas por LA RAZÓN, el Tribunal Supremo acatará esa previsión legal y procederá a dejar sin efecto esas medidas cautelares, al margen de que desde el alto tribunal se plantee esa cuestión prejudicial, lo que paralizará el procedimiento hasta que el TJUE se pronuncie (lo que puede llevar meses e incluso años). Pero si finalmente el Tribunal de Justicia de la UE concluyese que la Ley de Amnistía no puede cobijar delitos de terrorismo y malversación, esa orden de detención nacional se reactivaría, como también (en caso de que Puigdemont siguiese en el extranjero) la euroorden que Llarena mantiene paralizada desde que el expresident abrió en Europa la batalla judicial para recuperar su inmunidad.
Los jueces y tribunales tienen otra vía abierta para intentar frenar la aplicación de la amnistía a una causa concreta: plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC). Pero las negociaciones del Gobierno con el independentismo, que han ido puliendo la proposición de ley para impedir espacios de impunidad (o dificultarlos al menos), se han plasmado en una disposición que impide que el planteamiento de ese recurso ante la corte de garantías, ahora de holgada mayoría progresista, avale que se mantengan medidas «restrictivas de derechos» (en referencia nada velada a las medidas cautelares que estén en vigor).
La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que regula su funcionamiento, deja claro que en esos supuestos la norma cuestionada queda en suspenso hasta que el TC se pronuncie sobre su admisión a trámite y, en caso afirmativo, hasta que resuelva sobre el fondo del asunto. Pero hay magistrados que consideran que la paralización de la causa afecta también a las cautelares.
Así las cosas, el último refugio de los jueces y tribunales que cuestionan la amnistía será la Justicia europea. El pulso, a partir de hoy mismo.
Puigdemont ultima su regreso seis años después
Es el principal beneficiado por la Ley de Amnistía. El 31 de octubre, y con una inminente citación como investigado en la Audiencia Nacional, Carles Puigdemont huyó a Bruselas y ahí sigue más de seis años y medio después. Pero tras sortear tres euroórdenes y pese a quedarse a la intemperie tras perder su inmunidad, el expresidente de la Generalitat, empeñado en volver al sillón de la Plaza de Sant Jaume, está más cerca que nunca de regresar a España. La Ley de Amnistía parece hecha a su medida al obligar a levantar de forma inmediata su orden nacional de detención e ingreso en prisión, todavía en vigor. Si, como parece, el juez Pablo Llarena acata el mandato de la medida de gracia y deja sin efecto esas medidas, el líder de Junts tendrá expedito su vuelta a nuestro país, con la sesión de investidura en el Parlament en el punto de mira, bien para porfiar en su candidatura a presidir la Generalitat o para impedir que Salvador Illa lo haga.
Puigdemont tiene tres frentes abiertos, porque también está investigado por terrorismo por su supuesta responsabilidad en Tsunami Democràtic y encausado en el Tribunal de Cuentas. Por eso, aunque se produzca su regreso a España no podrá respirar tranquilo hasta que el TJUE, o en su caso el Constitucional, dirima si la norma es contraria o no al derecho europeo o a la Carta Magna.
Junqueras, inhabilitado hasta 2031y a la espera de poder ser candidato
A diferencia de Carles Puigdemont, el líder de ERC si asumió las consecuencias judiciales de su papel dirigente en el proceso soberanista en Cataluña en 2017. Oriol Junqueras fue condenado a trece años de prisión por sedición y malversación, aunque tras pasar más de tres años y medio en la cárcel, fue indultado en junio de 2021 por el Gobierno junto al resto de condenados a penas de prisión. Pero ese indulto parcial no incluía el perdón a la pena de inhabilitación, que le impide ser candidato hasta 2031. Al no tratarse de una medida cautelar, sino de una sentencia firme, no quedará sin efecto hasta que el Tribunal Supremo lo plasme en una resolución en aplicación de la Ley de Amnistía, un trámite que previsiblemente se demorará hasta que el tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión prejudicial. La causa quedaría, por tanto paralizada, lo que implica que durante ese tiempo la sentencia del «procés» mantendrá su vigencia.
O lo que es lo mismo: en ese escenario Junqueras –que al igual que Puigdemont está encausado por el Tribunal de Cuentas por los gastos del «procés»– no podría ser el candidato de ERC, inmersa en una crisis de liderazgo, en unas próximas elecciones generales si se produce el adelanto electoral o en unos nuevos comicios en Cataluña si naufragan las sesiones para investir al sustituto de Pere Aragonès.
Marta Rovira, investigada en la Audiencia y refugiada en Suiza desde 2018
La entrada en vigor de la amnistía también despeja el regreso a España de la todavía secretaria general de ERC (ya ha anunciado que no se presentará a la reelección) Marta Rovira, que huyó a Suiza en 2018. Rovira está investigada por terrorismo en la Audiencia Nacional por su presunta responsabilidad en Tsumani Democràtic, la plataforma independentista que activó las protestas callejeras contra la sentencia del «procés» en el otoño de 2019. El juez Manuel García Castellón le citó a declarar hace unos días, pero finalmente suspendió esa comparecencia por problemas de agenda de su abogado. La intención del instructor era tomarle declaración por videoconferencia desde los juzgados de Barcelona esta misma semana o la primera de junio, para lo que recabó una respuesta de su defensa, pero a día de hoy no hay fecha para una nueva citación. El tiempo juega a su favor. Si, como todo indica, García Castellón traslada a la Justicia europea sus dudas sobre la adecuación de la Ley de Amnistía al derecho comunitario (al estar investigando posibles delitos de terrorismo), el procedimiento quedaría paralizado, lo que dejaría a Marta Rovira en un limbo judicial (no podría siquiera ser citada a declarar ni comparecer voluntariamente) hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJU) deshoje la margarita y se pronuncie.
"Caso Tsunami", una investigación bicéfala sobre la que se pronunciará Europa
La investigación por terrorismo de los actos de protesta impulsados por Tsunami Democrátic en 2019 en contra de la sentencia del «procés» –entre ellos la toma del aeropuerto del Prat, el bloqueo de la AP-7 en La Junquera y la jornada de «huelga general» en Cataluña– tiene dos frentes abiertos. Uno en la Audiencia Nacional –donde el juez Manuel García Castellón mantiene imputados a Marta Rovira y una decena de investigados, entre ellos el jefe de gabinete de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay– y otra en el Tribunal Supremo, que asumió la investigación contra el expresident y el diputado de ERC Ruben Wagensberg, huido a Suiza, dada su condición de aforados. La instructora del procedimiento, la magistrada Susana Polo, ha intentado sin éxito que Puigdemont declare voluntariamente por videoconferencia (no puede obligarle a comparecer sin solicitar antes el suplicatorio al Parlamento Europeo), pero el líder de Junts ha ignorado el ofrecimiento, consciente de que lo más prudente para sus intereses procesales es dejar pasar el tiempo a la espera de que la Ley de Amnistía acuda al rescate. Y es que esta causa también tendrá que ser archivada si Europa no determina lo contrario.
Doce CDR procesados a la espera de juicio por delitos de terrorismo
Ninguna cara conocida, ningún político en una de las causas beneficiadas por la amnistía que más polvareda ha levantado. No en balde, la Fiscalía pide penas de ocho a 27 años de prisión –248 años en total– por delitos de pertenencia a organización terrorista, fabricación de explosivos y tentativa de estragos para doce integrantes del Equipo de Respuesta Táctica (ERT) de los Comités de Defensa de la República (CDR). Se trataba, según el fiscal de una «organización terrorista paralela» cuyo propósito era llevar a cabo «acciones violentas o atentados con explosivos y sustancias incendiarias» para conseguir la independencia de Cataluña a cualquier precio.
Entre sus objetivos, según el Ministerio Público, el Parlament; la Comandancia Naval de Barcelona; el Gobierno Militar y la Delegación del Gobierno en Barcelona; la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la sede de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil, además de torres de alta tensión y peajes.
Pero el independentismo no dio su brazo a torcer y consiguió que este procedimiento, que también atribuye al «lawfare» contra la causa soberanista, también se vea amparado por el perdón del Estado.
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